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domingo, junio 29, 2025

Qué requisitos deben cumplir los clubes de barrio para mantener los subsidios en los servicios básicos

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Esta semana, el Gobierno nacional anunció que los clubes de barrio tendrán que realizar un proceso de reempadronamiento para no perder los subsidios en los servicios de primera necesidad. Esto en el marco de la política del Ejecutivo de focalizar los subsidios en aquellos usuarios que más los necesiten.

De esta forma, cada institución tendrá que hacer el trámite correspondiente a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia) y bajo declaración jurada. Si bien la gestión todavía no fue precisada ni reglamentada por el Gobierno, sí se confirmó que las entidades deberán presentar documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos.

En esta presentación, que deberá tener carácter de declaración jurada, los clubes de barrio deberán manifestar que no están alcanzados por alguno de los motivos que los dejaría excluidos del beneficio, estipulados en la Ley N° 27.098. Estos requisitos fueron establecidos en el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo.

Para seguir en tema…

En los casos de las entidades a las que se les apruebe la presentación, recibirán una tarifa social básica de servicios públicos. Además, como beneficio provisorio, se les otorgará una contribución de aporte económico no reintegrable equivalente al 40 por ciento de las facturas de agua, gas y energía eléctrica. Esto hasta que se les establezca la tarifa social.

  • Una antigüedad mínima de tres años desde su constitución formal.
  • Cantidad mínima de 50 socios.
  • Cantidad máxima de 2.000 socios al momento de la inscripción.
  • Desarrollar actividades deportivas no profesionales.
  • Realizar actividades de “generación de inclusión social e integración colectiva”.
  • Asistir y colaborar en la comunidad a la que pertenecen.

El Gobierno advirtió que, si se descubriese que alguna institución falseó información para recibir subsidios de forma indebida, se aplicarán penalidades. Entre ellas, se volverán a facturar los importes subsidiados “con más intereses moratorios y punitorios, sin perjuicio de otras acciones y sanciones que pudieran corresponder”.

Redacción

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