La jueza federal Loretta Preska, del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, desestimó el pedido de la Argentina para suspender la orden que obliga al país a transferir el 51% de las acciones de YPF a los fondos especulativos Burford Capital y Eton Park, beneficiarios de un fallo por la expropiación de la petrolera en 2012.
Esta decisión representa un nuevo revés para el gobierno argentino en el litigio que busca evitar la pérdida de control sobre la compañía estatal.
El gobierno de Javier Milei había solicitado la suspensión de la sentencia, emitida el 30 de junio, que ordenaba la entrega de las acciones como parte del pago de una indemnización de más de 16.000 millones de dólares, monto que asciende a 17.750 millones con intereses.
La Argentina argumentó que cumplir con la orden violaría la Ley de Expropiación de YPF, que requiere la aprobación del Congreso con una mayoría de dos tercios para cualquier traspaso accionario, y que causaría un «daño irreparable» a la soberanía nacional.
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A pesar de los argumentos presentados, Preska decidió mantener su fallo, que obliga al país a depositar las acciones Clase D de YPF en una cuenta de custodia en el Bank of New York Mellon (BNYM) dentro de un plazo de 14 días, que vencía este lunes. La Argentina, anticipándose a un posible fallo adverso, ya apeló la decisión el pasado jueves ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito, dejando abierta la posibilidad de escalar el caso hasta la Corte Suprema de Estados Unidos si el resultado no es favorable.
La defensa argentina, a cargo del estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP, sostiene que la orden de Preska infringe la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA) de Estados Unidos y principios de cortesía internacional. Además, el gobierno destaca el respaldo del Departamento de Justicia de Estados Unidos, que en noviembre de 2023, durante la administración de Joe Biden, advirtió que la transferencia de acciones violaría normas de inmunidad soberana.
El litigio tiene su origen en la expropiación del 51% de YPF en 2012, bajo el gobierno de Cristina Kirchner, cuando no se ofreció una compensación equivalente a los accionistas minoritarios, como el grupo Petersen, cuyos derechos de litigio fueron adquiridos por Burford Capital. La sentencia de Preska de septiembre de 2023 condenó a la Argentina a pagar la indemnización, y la falta de acuerdo o pago ha intensificado las presiones de los fondos demandantes, que buscan ejecutar el fallo a través de las acciones de YPF.
El presidente Milei reiteró que el fallo «no tiene aplicación» en Argentina, ya que violaría la legislación nacional. Sin embargo, la decisión de Preska podría tener implicancias financieras significativas, afectando el riesgo país, el valor de los bonos y las acciones de YPF, además de complicar el acceso a financiamiento externo. El gobierno argentino mantiene una estrategia judicial de no negociar con los fondos y agotar todas las instancias legales disponibles.
La próxima audiencia está programada para el 15 de julio, donde se abordará la solicitud de los demandantes de obtener información sobre activos estatales como Aerolíneas Argentinas, ARSAT, ENARSA y el Banco Central, bajo la figura de «alter ego», lo que podría abrir la puerta a nuevos embargos si la Argentina no cumple con la sentencia.
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¿Qué decisión tomó la jueza Loretta Preska? La jueza desestimó el pedido de la Argentina para suspender la orden de transferir el 51% de las acciones de YPF a Burford Capital y Eton Park.
¿Quién es el presidente argentino involucrado en esta situación? El presidente involucrado es Javier Milei, quien solicitó la suspensión de la sentencia.
¿Cuándo se emitió la sentencia que ordena la entrega de acciones? La sentencia fue emitida el 30 de junio.
¿Dónde debe depositar la Argentina las acciones de YPF? Las acciones deben ser depositadas en una cuenta de custodia en el Bank of New York Mellon.
¿Por qué la Argentina argumenta en contra de la orden de Preska? La Argentina sostiene que cumplir con la orden violaría la Ley de Expropiación de YPF y causaría un daño irreparable a la soberanía nacional.