Una mujer que trabajaba jornada completa en un comercio pero estaba registrada solo por media jornada envió cartas documento para exigir su regularización. Al considerarse despedida, la Justicia reconoció su reclamo, desestimó acusaciones infundadas y ordenó indemnización completa.
Una trabajadora que se desempeñaba como vendedora y community manager en un comercio fue registrada únicamente por media jornada, a pesar de cumplir funciones durante una jornada completa. Tras enviar tres cartas documento exigiendo la correcta registración, se consideró despedida por incumplimientos graves de la empleadora.
La dueña del negocio la intimó a regresar y la acusó de haber cambiado las contraseñas de las cuentas comerciales de Facebook e Instagram, lo que supuestamente habría causado perjuicios económicos. La trabajadora negó rotundamente estas acusaciones y señaló que no existía denuncia civil ni penal al respecto.
La Cámara Primera del Trabajo de Roca rechazó los argumentos de la empleadora y dictaminó que la mujer debía recibir el pago de diferencias salariales por la jornada completa, además de antigüedad, salarios y aguinaldos proporcionales, multas legales y otros conceptos.
Durante el juicio, testigos confirmaron que la trabajadora cumplía una jornada completa. Asimismo, el tribunal acreditó la falta de correcta registración y no encontró pruebas que justificaran el despido. La resolución consideró justificado el autodespido y ordenó la apertura de una cuenta judicial para el depósito de la indemnización.