Una asistente a un cumpleaños en Fernández Oro sufrió una caída por agua en el piso del baño, que derivó en cirugía y secuelas. La Justicia Civil de Cipolletti condenó al titular del local por incumplir el deber de seguridad.
Una mujer que asistió a un cumpleaños en un salón de eventos en Fernández Oro sufrió una caída en el baño al pisar un charco generado por una pérdida de agua, lo que le provocó una fractura en la muñeca izquierda y la necesidad de una cirugía.
El accidente ocurrió en horas de la madrugada, cuando la mujer se dirigía al baño. A pesar de caminar con precaución, resbaló y cayó, siendo asistida por otras personas. Fue atendida primero en una posta sanitaria y luego en el hospital de Allen, donde se diagnosticó fractura de cúbito y radio. Posteriormente, fue sometida a cirugía en el Sanatorio Río Negro de Cipolletti, donde le colocaron una placa de titanio y ocho tornillos, iniciando un proceso de recuperación que incluyó inmovilización y más de 30 sesiones de kinesiología.
La mujer demandó al titular del salón, alegando que el servicio presentaba condiciones riesgosas, en violación al deber de seguridad previsto por la Ley de Defensa del Consumidor, al tratarse de una relación de consumo.
El fuero Civil de Cipolletti consideró acreditado el accidente, valorando los mensajes enviados por la organizadora del evento, testimonios de testigos y pericias médicas que confirmaron la fractura y secuelas, estableciendo una incapacidad del 21,8 por ciento. También se acreditó que el piso estaba mojado en el momento de la caída.
El tribunal aplicó la responsabilidad objetiva del proveedor de servicios y condenó al titular del salón a indemnizar a la víctima por daños físicos, gastos médicos y daño moral, descontando lo ya abonado por la aseguradora y reconociendo intereses desde la fecha del hecho. El fallo aún no es firme y puede ser apelado.