A través de la Resolución N° 5750/25, publicada en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció cambios en el régimen de percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El objetivo de la medida es “reducir trabas administrativas” para que los contribuyentes tengan mayor flexibilidad en el proceso.
De esta manera, a partir del lunes 1 de septiembre, los responsables inscriptos tendrán la posibilidad de computar las percepciones no solo en el período fiscal en que fueron practicadas, sino también en cualquiera de los cinco períodos fiscales posteriores. Esto ayudaría en el proceso de determinación del impuesto.
Esta decisión se tomó luego de que varias entidades empresarias reclamaran cambios en los plazos. El principal argumento que se esgrimió desde las federaciones radicó en que los sistemas de registración y validación documental dificultaban el cumplimiento estricto de los tiempos previstos por la normativa anterior.
Portal IVA y diferencias
Esta flexibilización se enmarca dentro del sistema integral y asistido de determinación del IVA, conocido como Portal IVA, que se centra en la liquidación del tributo. Así, al permitir un mayor margen para el cómputo de las percepciones, se busca más eficiencia en el sistema y más previsibilidad para las empresas.
Vale recordar que, antes, las percepciones solo se podían computar en el período fiscal en que eran practicadas. Ahora, se suman cinco períodos adicionales. Además, si del cálculo surge un saldo a favor, se considerará como ingreso directo, con la posibilidad de aplicarlo de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de IVA.