Este jueves, a través de la Resolución 954/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía oficializó cambios en el régimen que regula las compras a distancia y la contratación de servicios online. El objetivo, puesto en los consumidores, es agilizar la aplicación del derecho de arrepentimiento y la baja de servicios.
Estas medidas alcanzarán a todas las empresas que comercializan bienes o servicios por internet, que deberán sumar, de manera visible en el primer acceso a su sitio web, un “Botón de Arrepentimiento” y un “Botón de Baja de Servicio”. Con esto, los consumidores podrán revocar la compra de un producto o dar de baja un servicio sin tener que realizar gestiones adicionales.
En este sentido, los botones para la baja del servicio tendrán que aparecer en el home del sitio web y el trámite no deberá requerir ningún paso extra. Una vez presionado este botón, la empresa tendrá un período de 24 horas para enviar un código al usuario, que le servirá para avanzar con las acciones necesarias para concretar la cancelación.
Atención al cliente
La disposición, además, establece pautas de atención al cliente. Según la normativa, los proveedores deberán ofrecer asistencia telefónica o digital en horarios acordes a la operación comercial, con un mínimo de ocho horas diarias, de lunes a viernes. En los sitios webs de las empresas deberán figurar los canales de contacto.
De esta manera, se busca reforzar la transparencia en el comercio electrónico y facilitar los procedimientos de baja y arrepentimiento. También, se espera que se agilice el contacto entre firmas y consumidores. El incumplimiento de estas normas será sancionado con lo dispuesto en la Ley N° 24.240.