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viernes, septiembre 12, 2025

Javier Milei vetó la ley de reparto de ATN: qué argumentos dio en el decreto

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En línea con lo que ya había adelantado el vocero presidencial este jueves por la mañana, y a pesar de la convocatoria a los gobernadores tras la derrota electoral del domingo, Javier Milei firmó el veto a la Ley de distribución de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). Entre los motivos, afirmaron que esos fondos deben destinarse a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales, y que su aplicación es discrecional y se encuentra a cargo del Ejecutivo.

El veto a la Ley de reparto de los ATN se sumó este jueves a los que se habían dictado el miércoles por la noche respecto de las leyes de Financiamiento Universitario y de Emergencia Pediátrica. La decisión quedó plasmada en el Decreto 652/2025 publicado en el Boletín Oficial, en el que también se especificaron los motivos con los que el Gobierno justificó la decisión.

Entre las razones para rechazar la ley, el Gobierno de Javier Milei citó el artículo 5 de la Ley de Coparticipación Federal, que establece expresamente que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias (ATN) debe destinarse «a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales». En ese sentido, destacaron que el reparto de estos fondos constituye un instrumento extraordinario y de aplicación discrecional por parte del Ejecutivo.

En ese sentido, desde el Gobierno recordaron que, a lo largo de su vigencia, los Fondos de Aportes del Tesoro Nacional se usaron como «un instrumento de asistencia inmediata frente a contingencias críticas» y que se utilizaron para asistir a las provincias tanto durante la pandemia como en diversas oportunidades durante los años 2024 y 2025, «para mitigar los efectos de emergencias hídricas, económicas, climáticas y alimentarias«.

El Gobierno consideró así que los fondos de los ATN deben utilizarse para atender «de manera focalizada las contingencias que alteran la prestación de servicios esenciales en determinadas provincias».

Siguiendo con ese razonamiento, consideraron que «la responsabilidad de asignar discrecionalmente los recursos del Fondo, no responde a un diseño legislativo caprichoso e injustificado, sino a una necesidad estructural del federalismo argentino, que requiere contar con mecanismos de auxilio excepcionales y ágiles dotados de la necesaria flexibilidad»

«La privación de este instrumento para afrontar contingencias graves implica un menoscabo concreto de las facultades y recursos del Estado Nacional», añadieron desde el Gobierno, y consideraron además que «el vaciamiento del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional podría conducir a una extrema vulnerabilidad de las Provincias frente a emergencias», lo que afectaría «no solo el federalismo fiscal, sino también la prestación de servicios básicos a los ciudadanos en circunstancias excepcionales, comprometiendo con ello los principios de equidad y solidaridad federal».

Por otro lado, la resolución firmada este jueves también marca una diferencia entre los fondos de los ATN y los coparticipables de distribución automática. En ese sentido, el proyecto vetado establecía una modificación en la forma de distribución del fondo de los ATN, que hacía que el reparto de esos importes dejara de ser discrecional y pasara a tener que coparticiparse de forma automática y diaria, al igual que el resto de los fondos de esa Ley.

Desde el Gobierno sostuvieron al respecto que el carácter no automático de esos fondos, «lejos de constituir una discrecionalidad arbitraria, responde a la necesidad de contar con un mecanismo de asignación diferenciada frente a situaciones de crisis que no podrían ser adecuadamente atendidas por el régimen ordinario de coparticipación».

«El criterio de distribución no es arbitrario ni absolutamente discrecional, sino que se encuentra normativamente delimitado a supuestos de emergencia, lo cual configura un parámetro objetivo de reparto, en tanto la asignación se activa frente a hechos verificables y de pública notoriedad que afectan de manera desigual a los distintos territorios», añadieron además.

En el texto de la resolución también se consideró que «admitir modificaciones unilaterales al régimen de coparticipación importaría desconocer el carácter de pacto federal que la Constitución Nacional asigna a este sistema», lo que traería aparejado el riesgo de «fragmentar el equilibrio constitucional entre la Nación y las provincias.

Además, desde el Gobierno recordaron el Pacto de Mayo, firmado en mayo de 2024 por Javier Milei y 23 gobernadores y que uno de los puntos de ese acuerdo consistía en llevar adelante una «rediscusión» del régimen de coparticipación federal de impuestos «con el fin de superar el modelo extorsivo que durante décadas condicionó a las provincias, para sustituirlo por un esquema equitativo, transparente y sustentable».

En ese sentido, añadieron que «la verdadera solución al problema del reparto fiscal no radica en reformas parciales ni en decisiones coyunturales, sino en alcanzar un consenso amplio y duradero, capaz de dotar al federalismo argentino de un soporte esencial y estable que garantice el desarrollo equilibrado de todas las jurisdicciones».

Finalmente, desde el Gobierno destacaron que la facultad del Presidente de vetar un proyecto de ley está contemplado por la Constitución y que forma parte de un mecanismo previsto justamente para que el Ejecutivo pueda participar del proceso de formación, sanción y promulgación de las leyes.

BPO

Redacción

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