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viernes, septiembre 26, 2025

El Banco Central restablece restricción histórica del cepo cambiario

Medida “anti-rulo”: quienes compren dólares oficiales no podrán operar en los mercados financieros por 90 días

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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció este viernes una reactivación de una medida clave del llamado cepo cambiario, mediante la Comunicación “A” 8336. La norma establece que personas humanas y jurídicas que adquieran dólares en el mercado oficial tendrán prohibido operar en los mercados financieros del dólar (como MEP y contado con liquidación, CCL) durante 90 días corridos, con el fin de frenar los arbitrajes que surgen por las brechas cambiarias.

¿Qué implica la restricción cruzada?
La persona que compre dólares al tipo oficial debe firmar una declaración jurada comprometiéndose a no operar en los mercados financieros del dólar (MEP / CCL) durante 90 días. También se aplica viceversa: si se utiliza dólar financiero, no se puede volver al mercado oficial en ese plazo.

¿Cuándo entra en vigencia?
Desde este viernes, 26 de septiembre de 2025. ¿A quiénes afecta?
A todas las personas físicas y jurídicas. Antes, la restricción cruzada regía sólo para empresas o directivos de entidades financieras; ahora se amplía al resto de los ahorristas.

¿Cuál es el objetivo oficial?
Evitar el “rulo”—es decir, comprar dólares al oficial (más baratos) y venderlos inmediatamente en los mercados financieros más caros para obtener ganancia. También buscan proteger reservas y contener la volatilidad cambiaria.


Las cotizaciones financieras (dólar MEP, CCL) aumentaron tras el anuncio. También se amplió la brecha entre esos tipos y el dólar oficial, ya que esta operación especulativa se ve ahora limitada.

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