Alguien supo decir, con enorme criterio, que «se paga un alto precio por estar cerca de la Universidad Nacional de Moreno». La frase posee rigurosidad porque desde el año 2020 es la UNM en soledad quien , ha demostrado que la Municipalidad de Moreno ejecutó un conjunto de medidas que bloquearon y atacan – hasta la actualidad – el desarrollo de una institución que pertenece al pueblo de Moreno.
Mariel Fernández «personalizó en la figura del Rector el ataque por haber participado, Andrade, en la administración de Mariano West, hace 26 años atrás».
Así está escrito en respuestas de los abogados del Municipio, que se pueden leer en los documentos que comparte el sitio oficial de la UNM, dicho sea de paso, la única parte que socializa lo que ocurre.
Luego que la Cámara federal de San Martín ratificara el rechazo que hizo el Juez Papavero al recurso de amparo que interpuso la UNM en pos de detener la obra o impedir que los funcionarios provinciales se muden al edificio del nuevo Consejo Escolar, la administración nacional, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (sennaf) que depende del Ministerio de Capital Humano, realiza una presentación, probablemente inesperada, aunque sustancial.
Formula un recurso extraordinario que pretende llevar la causa ESPUNM, así conocida en Moreno, a la Corte Suprema de la Nación. Lo interesante también está escrito en los argumentos de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) en un eje crucial y simple de comprender: la propiedad del terreno es del Estado Nacional quien no permitió el uso ni el goce que tomó la Intendenta de Moreno construyendo allí un edificio para un órgano provincial: Consejo Escolar:
Ese «principio rector» fue sostenido por la UNM cada vez que llevó a la justicia los recursos para detener el avance de la Municipalidad de Moreno. La causa de fondo demostrará que el Municipio no es propietario por anotar una lonja de tierra en el Registro bonaerense, gestión Kicillof. El poder judicial actuante dilató las medidas otorgando tiempo y espacio que empoderó el accionar del gobierno de Fernández. Pero llegamos a octubre de 2025 y el Ejecutivo nacional rechaza la decisión de la Cámara federal de San Martín, y por ende la del Juez Oscar Papavero, llevando la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La comunicación oficial de la UNM resalta los aspectos que expone la SENNAF porque fortalece la posición y da otro impulso a la causa ESPUNM – ITUNM: «La Sala II de la Cámara Federal de San Martín corrió traslado a todas las partes del recurso extraordinario interpuesto por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) contra la sentencia de esta Cámara que confirmó el fallo del Juez Federal interviniente que dispuso el rechazo de la medida cautelar solicitada para que se suspenda la obra del Consejo Escolar en nuestro predio o, en su defecto, para que no sea ocupado por los funcionarios provinciales hasta la resolución sobre el fondo del asunto. El planteo implica elevar el pedido a la Corte Suprema de la Nación, para que se revoque el fallo de la Cámara y se ordene dictar una nueva sentencia con costas, toda vez que de quedar firme este fallo se afectarían gravemente las acciones e intereses del Estado Nacional. El escrito recoge en parte los planteos de la UNM, tanto en la causa de fondo como en las 2 medidas cautelares solicitadas con suficiente antelación para que se suspenda la obra del Consejo Escolar, licitada en 3 oportunidades y adjudicada 2 veces; y que a hoy ya se encuentra terminada, inaugurada y ya mudados los funcionarios provinciales para los que fue construida por la Municipalidad de Moreno. El planteo de la SENNAF remarca que todo lo actuado por la Municipalidad y el fallo en cuestión afectan del derecho del Estado Nacional para decidir el uso del inmueble, siendo que su destino es la protección y bienestar de la minoridad por hallarse afectado al Fondo Nacional del Menor, con fundamento en diferentes leyes nacionales; dejando constancia del daño que provocan estos hechos y la sentencia recurrida. La SENNAF da cuenta de que se ha presentado en esta causa como titular del inmueble, pero sin embargo la Cámara insistió en el argumento de la verosimilitud del derecho de la Municipalidad (que se atribuye la titularidad por la inscripción ilegal del inmueble a nombre de la misma por parte de las oficinas provinciales), como suficiente razón para rechazar la medida solicitada por la UNIVERSIDAD y la SENNAF, aduciendo que implicaría anticipar el resultado de la decisión final. La SENNAF señala con precisión que la cuestión ameritaba mayor debate y prueba, dada su presentación en la causa, concluyendo en la queja no haberse valorado debidamente esta nueva circunstancia. En sus escritos, tanto en esta causa como en la de fondo, la SENNAF reitera que nunca tuvo la voluntad de transferirlo a la Municipalidad, por lo que también reclama, al igual que la Universidad, la ilegitimidad de todo lo actuado por la Municipalidad y la provincia de Buenos Aires por ser actos manifiestamente nulos. Destaca que también es imperioso el otorgamiento de la medida cautelar solicitada, ya que la demora ha permitido el avance acelerado de la Municipalidad para imponer su obra y por tanto, desequilibrar los intereses entre todas las partes involucradas a favor de una de ellas, la Municipalidad; poniendo de manifiesto diferentes fallos al respecto y disposiciones legales que así lo entienden».





