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sábado, noviembre 1, 2025

Rige la prohibición de cortes de luz, gas y agua a hospitales, escuelas y clubes en la Provincia

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El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires promulgó la Ley N° 15.553, que prohíbe el corte o la interrupción de los servicios de primera necesidad a hospitales, escuelas públicas y asociaciones civiles sin fines de lucro en territorio bonaerense. La prohibición es aún si se presenta una mora con aviso de corte en curso.

El proyecto, presentado por el diputado Facundo Tignanelli, fue aprobado a comienzos de mes y prohíbe el corte de la energía eléctrica, agua potable, cloacas y gas. Durante el debate en que se le dio luz verde a la idea, se destacó que se trata de “un proyecto con una profunda justicia social”, ya que “busca proteger a instituciones que cumplen un rol esencial en la comunidad”.

De esta manera, las empresas prestatarias de servicios básicos de jurisdicción provincial están obligadas a garantizar el suministro y a ofrecer planes de pago en cuotas mensuales que ayuden a la regularización de eventuales deudas. Además, las asociaciones civiles están eximidas del pago de determinadas contribuciones e impuestos provinciales.

“Fortalecimiento del tejido social”

Entre los principales fundamentos, la normativa sostiene que “las asociaciones civiles cumplen funciones sociales, culturales, deportivas y comunitarias de gran relevancia”. “Es fundamental que cuenten con los recursos necesarios para sus actividades”, ya que “la interrupción de servicios básicos puede tener un impacto negativo en las comunidades locales”, añade.

En ese sentido, remarca que “las asociaciones sin fines de lucro contribuyen al bienestar de la población y al fortalecimiento del tejido social”. En el caso de los hospitales, “son fundamentales para brindar atención médica a la comunidad”, por lo que “interrumpir el servicio eléctrico pone en riesgo la vida de los pacientes”.

Asimismo, la ley enfatiza la necesidad del establecimiento “de un marco legal de protección” para que hospitales, escuelas y clubes “promuevan su continuidad o desarrollo” para el “entramado social”. Por último, determina sanciones y multas para las prestatarias de servicios públicos bonaerenses que incumplan con lo sancionado.

Redacción

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