Vie, 12 diciembre, 2025
21.8 C
Buenos Aires

Reforma laboral: golpe a las millonarias cajas de los gremios y las cámaras empresarias

La expectativa sindical se evaporó rápidamente apenas el Gobierno hizo circular el texto de la reforma laboral que envió al Congreso. La iniciativa oficial supone un fuerte golpe a la caja de los sindicatos y va más allá al avanzar también sobre una de las fuentes de recaudación de las principales cámaras empresarias.

En concreto, pese a las negociaciones que referentes de la CGT aceitaron con el ala política del Ejecutivo en los últimos días y a la propia interna que el tema activó puertas adentro de la Casa Rosada, el proyecto de reforma incorporó fuertes limitaciones al cobro de las denominadas cuotas solidarias que gremios y cámaras acuerdan en los convenios colectivos y que aplican a trabajadores no afiliados y empresas de sus actividades respectivas, y también fijó restricciones a los aportes de afiliados. «Al final se impuso (Federico) Sturzenegger», criticaban en la conducción de la central obrera en referencia al ministro de Desregulación y principal impulsor del fin de las cuotas solidarias.

En el caso de los sindicatos, las cuotas solidarias son un porcentaje que equivale a entre el 2% y 3% de los salarios de todos los trabajadores de una actividad, estén o no afiliados a la entidad gremial. Según calculó un reciente informe del propio equipo de Sturzenegger, un empleado paga hasta $1,3 millones por año en aportes obligatorios a los gremios. Además, estimó que hay entidades que llegan a recaudar alrededor de USD 800 millones anuales. Los sindicatos que cobran esas cuotas son Comercio, camioneros, construcción, metalúrgicos, gastronómicos, sanidad, encargados de edificio, entre otras organizaciones, de acuerdo con el relevamiento de Desregulación.

Si bien el texto oficial de la reforma no estableció una prohibición taxativa para la aplicación de las cuotas solidarias (incluso ninguno de los borradores previos lo establecía de esa forma), si definió límites muy concretos para su implementación, lo que en la práctica -según coincidieron asesores legales de gremios como de cámaras empresarias consultados por Clarínhacen casi imposible su percepción.

En el caso de las cuotas solidarias que actualmente cobran los principales gremios del sector privado, su restricción quedó incorporada en dos artículos de la reforma.

Por una parte, en el artículo 126 (que modifica el artículo 6 de la ley de convenciones colectivas número 14.250) se dispuso el fin de la denominada ultraactividad en lo que refiere a las cláusulas obligacionales de un convenio, como es el caso de las cuotas solidarias entre otras. «Una convención colectiva de trabajo, cuyo término estuviere vencido, solamente mantendrá subsistentes las normas referidas a las condiciones de trabajo establecidas en virtud de ellas (cláusulas normativas) y hasta tanto entre en vigencia una nueva convención colectiva o exista un acuerdo de partes que la prorrogue. El resto de las cláusulas (obligacionales) mantendrán su vigencia sólo por acuerdo de partes», indica el texto del proyecto.

Pero la restricción se completa con otro apartado del proyecto, en el que se introducen cambios sobre la Ley de Contrato de Trabajo. El artículo 37 que se refiere a la «tutela y pago de la remuneración» y sustituye el artículo 133 de la LCT para establecer que en ningún caso los empleadores podrán efectuar deducciones o retenciones a los trabajadores destinadas a instituciones sindicales o asociaciones profesionales de trabajadores «sin el consentimiento explícito del trabajador«. Con ello las empresas dejan de estar obligadas a ser agentes de retención de las cuotas solidarias.

Incluso, el mismo apartado habilita la retención de ese tipo de aportes pero exclusivamente en el caso de los convenios colectivos de empresa, y bajo ciertas limitaciones (ser negociadas por los sindicatos locales y no por representación ejercida por las federaciones gremiales nacionales). En opinión de la dirigencia sindical, esa propuesta incentiva la negociación a nivel de empresa por sobre los convenios de actividad.

El financiamiento de los sindicatos también se ve dificultado en el proyecto del Ejecutivo en lo que refiere a la percepción de los aportes de los afiliados. Al respecto, se determina que los empleadores solo podrán actuar como agentes de retención de las cuotas de afiliación siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo de parte. El cobro de esas cuotas, además, requerirá de una resolución de la Secretaria de Trabajo que lo autorice y estipula que cualquiera de las partes del contrato de trabajo podrá dejar sin efecto el acuerdo que habilita el cobro de esos aportes con una anticipación de 30 días.

Como ocurre con los sindicatos, también la reforma golpea la recaudación de las cámaras empresarias de actividad que negociaron el cobro de cuotas solidarias por diferentes montos y porcentajes a las empresas del sector en el marco de los convenios colectivos. Se trata de un recurso bastante extendido en diversos rubros, como los convenios de comercio, la industria metalúrgica, construcción, entre otros, que se establecen con diferentes propósitos: capacitación, acción social, cultura, turismo y gastos administrativos, son los más habituales.

Frente al planteo de diferentes empresas que reclamaron contra su aplicación, la iniciativa del Ejecutivo determina que esas contribuciones pasarán a ser voluntarias y en ningún caso podrá exigirse su obligatoriedad. Además, la reforma estipula que las cuotas solidarias actualmente vigentes, cualquiera sea el convenio colectivo, tampoco resultan obligatorias para «los empleadores que no sean socios de las asociaciones o cámaras beneficiarias de estos créditos».

Redacción

Fuente: Leer artículo original

Desde Vive multimedio digital de comunicación y webs de ciudades claves de Argentina y el mundo; difundimos y potenciamos autores y otros medios indistintos de comunicación. Asimismo generamos nuestras propias creaciones e investigaciones periodísticas para el servicio de los lectores.

Sugerimos leer la fuente y ampliar con el link de arriba para acceder al origen de la nota.

 

Santiago del Estero: descubrieron a un tucumano que vendía milanesas hechas con papel higiénico

Las Fiestas Patronales de la Virgen de Loreto, en Santiago del Estero, fueron este martes el escenario de un...

Impactante temporal en Santa Fe: tornados en el centro de la provincia volaron techos y arrancaron árboles de raíz

Tan intensos y devastadores como imprevisibles: así se desataron este jueves por el mediodía dos tornados en la zona...

Alerta sanitaria: Mendoza es la primera provincia en denunciar en la Justicia a padres que no vacunan a sus hijos

Ante la alerta sanitaria nacional por el rebrote de sarampión y las muertes de al menos siete niños por...
- Advertisement -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí