La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) actualizó algunas cuestiones relacionadas a la Prestación por Desempleo, una asistencia mensual para aquellos que están sin trabajo de forma temporal. El turno para el trámite se puede sacar por el canal de Atención Virtual o de forma presencial en cualquier oficina de ANSeS.
De acuerdo con la Ley N° 24.013 de Contrato de Trabajo, la prestación está dirigida tanto a trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, como a aquellos que les finalizó el contrato. Además, contempla a aquellos que fueron desvinculados por causas externas y a los trabajadores de la construcción desempleados por finalización de obra.
Además, para calcular el monto total y la cantidad de cuotas de la prestación, que pueden variar de dos a doce, cada beneficiario debe contar con su información laboral detallada y actualizada, tanto en sus ingresos como en el período trabajado. El fondo se depositará en una Caja de Ahorro de la Seguridad Social.
De esta manera, la cifra que se percibirá por el fondo se calcula teniendo en cuenta los ingresos y meses con aportes trabajados del beneficiario en los últimos tres años de actividad laboral. No obstante, en el caso de los trabajadores de más de 45 años, el beneficio se cobrará durante seis meses más.
Qué requisitos se piden para la prestación
- Trabajadores permanentes: al menos, seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales: al menos, doce meses de trabajo en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de culminar el trabajo.



