La Cámara Federal de Casación Penal ordenó este viernes que continúe la investigación a la empresaria periodística, Julia Mengolini, tras la denuncia de Javier Milei por supuestas injurias.
Lo hizo al rechazar el pedido de cierre de la causa por injurias, que el primer mandatario le inició a la empresaria K, quien había presentado un pedido de cierre.
De acuerdo con la querella, las manifestaciones habrían afectado el honor y la reputación del presidente de la Nación al imputarle conductas incestuosas con su hermana Karina Milei. Por esto, inició la acción penal por injurias.
La resolución fue dispuesta por la Sala IV de Casación, en un fallo dividido. Los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos declararon «inadmisible» el recurso interpuesto por la defensa de Mengolini.
El expediente comenzó el 1 julio de 2025, cuando Milei, patrocinado por el abogado Francisco Oneto, denunció a Mengolini. El mandatario acusó a la empresaria periodística de afectar su honor al afirmar que practicaba “relaciones incestuosas» con su hermana, la actual Secretaria General de la Presidencia, Karina Milei.
Durante la emisión del programa “Duro de Domar”, por la señal C5N, la empresaria periodística aseguró al aire que el presidente estaba «enamorado de su hermana». Ese fue el origen de la causa que Milei le inició a Mengolini.
En la causa radicada en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°7, la defensa sostuvo que las expresiones se encontraban amparadas por la cláusula de exclusión del artículo n°110, del Código Penal, por versar sobre asuntos de interés público.
Entonces, el juez de primera instancia hizo lugar al recurso de la defensa de la empresaria periodística y dictó el sobreseimiento de Mengolini, el 3 de octubre de 2025. El tribunal concluyó que los dichos cuestionados se encontraban comprendidos en el debate público y, por ende, amparados por la libertad de expresión. La querella apeló la decisión.
Es así que la mayoría Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal consideró que las expresiones atribuidas a la empresaria periodística no guardaban relación suficiente con asuntos de interés público, sino que son de carácter privado. Por consiguiente, revocó el sobreseimiento de Mengolini y ordenó que continúe el proceso.
En cambio, Hornos en disidencia, consideró que correspondía ingresar al estudio de los agravios planteados por Mengolini y, asegurando la más amplia intervención de las partes, dictar sentencia sobre el fondo de la cuestión traída a estudio.

