Turismo.
La medida dispuesta por Vialidad pretende agilizar el tránsito en la Autopista Buenos Aires – La Plata y las rutas provinciales durante el fin de semana
Cambios en el tánsito de la Autopista Buenos Aires – La Plata
La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires informó que debido al último recambio de quincena de vacaciones se restringirá la circulación de camiones en la autopista Buenos Aires – La Plata y rutas provinciales durante dos días con el objetivo de agilizar el tránsito.
La medida es “con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas”, se indicó desde el organismo que depende del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.
En sentido a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) estará vigente el sábado 28 de febrero de 14:00 a 23:59 horas y el domingo 1 de marzo de 10:00 a 20:00 horas.
¿Cómo afecta a los automovilistas de La Plata?
La restricción estará vigente para los camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto que circulen por:
- Autopista Buenos Aires – La Plata: Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.
- Autovía 2: Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).
- Ruta Provincial Nº11: Desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal)
- Ruta Provincial Nº36: Desde Rotonda RP N º 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP N º 11 (Pipinas)
- Ruta Provincial Nº56: Desde su intersección con la RP N º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).
- Ruta Provincial Nº63: Desde Distribuidor de Transito con RP N º 2 (Dolores) hasta Intersección con RP N º 11 (Esquina de Crotto).
- Ruta Provincial Nº74: Desde su intersección con la RP N º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N º 11 (Pinamar).
Quedan exceptuados de toda restricción para circular, temporaria o permanente, a los vehículos de autotransporte de cargas menores a 7 toneladas de porte bruto y a los vehículos de actividades esenciales como transporte de alimentos, prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual, atención de emergencias, etc.




