Sentencia clave del Tribunal Supremo sobre las reglas del absentismo laboral a partir de este 2026. Desde ahora, las ausencias injustificadas ya no se calcularán por meses naturales, sino “de fecha a fecha”, eliminando el habitual reseteo del contador al cambiar de mes. Con esste cambio de criterio se facilita que las empresas puedan agrupar ausencias antes dispersas para justificar un despido disciplinario, siempre que el convenio colectivo lo avale. ¿Cómo funciona este nuevo cómputo? ¿Qué diferencias hay con las bajas médicas? ¿Por qué la “justificación” se ha convertido en la única línea roja real frente al despido? Vamos a verlo.
]]>



