El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral al reglamentar distintos aspectos contemplados en la legislación aprobada el año pasado. Las medidas fueron oficializadas a través de varios decretos publicados en el Boletín Oficial e incluyen cambios en el sistema de indemnizaciones, la registración laboral, los convenios colectivos de trabajo y la actividad de plataformas digitales.
Uno de los puntos más relevantes es la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo destinado a financiar las indemnizaciones por despido mediante aportes realizados por los empleadores. Si bien el esquema ya fue reglamentado, comenzará a regir a partir del próximo 1 de noviembre.
Según lo dispuesto por el Ejecutivo, los fondos serán administrados bajo supervisión estatal, a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y estarán destinados exclusivamente a trabajadores registrados del sector privado que cuenten con una antigüedad mínima de doce meses. Además, se estableció que las indemnizaciones deberán abonarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la desvinculación laboral.
Otra de las medidas reglamentadas fue el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), orientado a la regularización de trabajadores que se desempeñan sin registrar o bajo modalidades deficientemente registradas. El programa prevé importantes beneficios para los empleadores, entre ellos la reducción y condonación de deudas vinculadas a aportes y contribuciones de la seguridad social.
De acuerdo con la normativa, las micro y pequeñas empresas podrán acceder a quitas de hasta el 90 por ciento de las obligaciones adeudadas, mientras que para medianas y grandes empresas los porcentajes serán menores. También se contemplan beneficios adicionales relacionados con seguros de salud, riesgos del trabajo y otras cargas laborales.
En paralelo, el Gobierno avanzó sobre los convenios colectivos de trabajo. La Secretaría de Trabajo deberá convocar durante los próximos 30 días a la renegociación de acuerdos vencidos o aquellos que no tengan una fecha de finalización establecida. La reglamentación también introduce cambios vinculados a la actividad sindical, incluyendo nuevos requisitos para el reconocimiento de organizaciones gremiales y modificaciones en el uso de las horas gremiales.
La normativa incorpora además una nueva estructura para los recibos de sueldo. A partir de ahora, deberán detallar con mayor precisión conceptos como salario bruto, salario neto, aportes, descuentos y el costo laboral total asumido por el empleador.
En materia sanitaria, los certificados de licencia médica deberán emitirse de manera electrónica mediante plataformas habilitadas y por profesionales registrados, con el objetivo de unificar criterios de control y validación.
Por otro lado, el Ejecutivo reguló la actividad de las plataformas digitales de transporte y reparto. Bajo el nuevo esquema, quienes presten servicios a través de estas aplicaciones serán considerados trabajadores independientes y quedarán excluidos del régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo.
Las modificaciones también alcanzan al sector de la construcción, donde la registración laboral dejará de realizarse a través del IERIC (Instituto de Estadística y Censo de la Industria de la Construcción) y pasará a estar centralizada en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Desde el Gobierno señalaron que el conjunto de medidas busca simplificar trámites administrativos, fomentar la formalización del empleo y adaptar la normativa laboral a las nuevas modalidades de trabajo que surgieron en los últimos años.

