Requisitos de los nuevos créditos sociales en Ciudad de Buenos Aires

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la creación de un programa de créditos sociales destinado a personas con problemas de endeudamiento. Dichos préstamos permitirá refinanciar deudas de tarjetas de crédito y préstamos personales en condiciones más favorables.

Los nuevos créditos sociales de la Ley de Desendeudamiento Familiar y Personal serán otorgados a través del Banco Ciudad y estarán destinados exclusivamente a cancelar o refinanciar obligaciones financieras contraídas hasta el 1° de junio de 2026.

Sin embargo, no todos los vecinos podrán acceder al beneficio. La ley establece una serie de requisitos y condiciones que deberán cumplirse al momento de la inscripción.

Condiciones para acceder a los créditos sociales

De acuerdo con la norma aprobada por la Legislatura Porteña, podrán solicitar los créditos sociales quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio registrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) durante los últimos dos años.
  • Mantener deudas originadas en tarjetas de crédito o préstamos personales bancarios.
  • Estar informado en la Central de Deudores del Banco Central con atrasos de entre 60 y 180 días.
  • Contar con ingresos familiares inferiores a diez salarios mínimos. Es decir, a $3.678.000.
  • No haber comprado dólares durante el período en que se generó la deuda impaga.
  • Destinar el 30% de los ingresos al pago de la cuota.

Deudas podrán refinanciarse con los créditos sociales

Los nuevos créditos sociales de la Ciudad de Buenos Aires estarán destinados exclusivamente a cancelar o refinanciar obligaciones financieras existentes contraídas antes del 1° de junio de 2026.

La ley contempla:

  • Deudas de tarjetas de crédito.
  • Préstamos personales bancarios.

Por el contrario, quedan excluidas:

  • Deudas con billeteras virtuales.
  • Obligaciones con prestamistas informales.
  • Compromisos financieros no regulados por el Banco Central.

Los fondos no serán entregados directamente a los beneficiarios. El dinero será transferido a la entidad acreedora para garantizar la cancelación o refinanciación de la deuda.

Personas quedan excluidas del programa

No podrán ingresar al programa de créditos sociales de la Ciudad de Buenos Aires quienes:

  • Sean propietarios de más de un inmueble.
  • Posean vehículos con menos de cinco años de antigüedad, salvo que sean utilizados como herramienta de trabajo.
  • Tengan embarcaciones o aeronaves.
  • Posean activos financieros cuyo valor supere el monto de la deuda.
  • Hayan adquirido divisas durante el período de mora.

Tampoco podrán acceder quienes registren atrasos superiores a 180 días, ya que la ley está orientada a personas con niveles de endeudamiento considerados recuperables.

La Ley de Desendeudamiento Familiar y Personal fija condiciones especiales para los préstamos que se otorgarán mediante el programa. Entre las principales características se destacan:

  • Tasa nominal anual fija máxima del 35%.
  • Plazo mínimo de devolución de 24 meses.
  • Posibilidad de acceder a mejores condiciones si las entidades financieras así lo disponen.
  • Destino exclusivo para cancelación o refinanciación de deudas.

La ley establece que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberá reglamentar el programa dentro de los 30 días posteriores a su promulgación. Una vez publicada la reglamentación, el Banco Ciudad pondrá en marcha el sistema de inscripción. Desde ese momento, los potenciales beneficiarios tendrán un plazo de 60 días para solicitar los créditos sociales.

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Redacción

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