Excombatientes de Malvinas: sancionaron la reforma del régimen previsional con nuevos controles

La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires convirtió este lunes en ley la reforma del Régimen Previsional Especial para excombatientes de Malvinas, luego de aprobar las modificaciones introducidas por el Senado a partir de los cuestionamientos realizados por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM).

La norma amplía el alcance del beneficio previsional para incluir a aquellos exsoldados que, como consecuencia de las secuelas de la guerra de 1982, no pudieron continuar su carrera en las Fuerzas Armadas y tampoco fueron incorporados a otros organismos del Estado provincial.

Durante la sesión, varios veteranos de guerra siguieron el tratamiento de la iniciativa desde los palcos de la Cámara baja y celebraron con aplausos la sanción definitiva de la ley.

El proyecto fue impulsado por los senadores oficialistas María Rosa Martínez y Adrián Santarelli. Hasta ahora, el régimen especial contemplaba únicamente a oficiales y suboficiales que, tras resultar heridos en combate, habían sido reubicados en funciones dentro del Estado bonaerense. La reforma incorpora a quienes quedaron excluidos de ese beneficio pese a haber sufrido las mismas consecuencias derivadas del conflicto bélico.

La iniciativa mantiene como requisito acreditar un mínimo de ocho años de aportes efectivos al Instituto de Previsión Social (IPS). El haber será equivalente al 80% de la mejor remuneración percibida en la administración provincial e incluirá el ciento por ciento de los subsidios previstos en la Ley 13.659.

Cambios para impedir beneficios indebidos

El proyecto original había generado una fuerte oposición del CECIM, que advirtió sobre el riesgo de que la norma beneficiara a exintegrantes de las Fuerzas Armadas desvinculados por causas ajenas a la Guerra de Malvinas, entre ellos militares involucrados en delitos o sanciones disciplinarias.

A partir de esas observaciones, el texto fue modificado e incorporó mayores requisitos para acceder al régimen previsional.

Entre ellos, se establece que quienes soliciten el beneficio deberán acreditar que su baja o retiro de las Fuerzas Armadas no obedeció a causas vinculadas con rebeldía, condenas judiciales equivalentes a la destitución militar o sanciones incompatibles con el acceso al régimen.

Además, la ley determina que los beneficiarios no podrán percibir otra prestación previsional otorgada por el Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares de las Fuerzas Armadas.

Otro de los cambios impulsados por el CECIM excluye expresamente a quienes hayan sido procesados o condenados por delitos de lesa humanidad, por hechos contra el orden constitucional o por incumplimientos de sus deberes durante la Guerra de Malvinas.

Con estas modificaciones, la Legislatura bonaerense buscó ampliar los derechos previsionales para los excombatientes afectados por las secuelas del conflicto, al tiempo que incorporó mecanismos de control para impedir que el beneficio alcance a militares que no reúnen las condiciones establecidas por la nueva ley.

FUENTE: DIPUTADOS BONAERENSES

Redacción

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