La Justicia Federal dispuso un reconocimiento judicial sobre el río Uruguay el próximo 21 de agosto en la causa que busca prevenir un eventual daño ambiental por la planta de combustibles sintéticos que HIF Uruguay proyecta en Paysandú, frente a Colón. La medida suma una instancia clave en un expediente que ya tensiona la relación entre el desarrollo industrial y la protección de la costa entrerriana.
La diligencia fue ordenada por el juez federal Hernán Viri, luego de que la perito bióloga designada en la causa, Viviana Beatriz Couste, aceptara el cargo. Según la resolución, la inspección se realizará el 21 de agosto de 2026, a las 10, en cumplimiento de una decisión interlocutoria dictada el 10 de abril.
La acción judicial fue impulsada por los diputados nacionales Guillermo Michel y Marianela Marclay junto al senador nacional Adán Bahl, en una demanda ordinaria de prevención de daños y perjuicios contra la República Oriental del Uruguay y HIF Uruguay SA. El planteo apunta a frenar una obra que, según sostienen, podría generar un impacto ambiental sobre el río compartido y sobre localidades entrerrianas como Colón.
Tras conocerse la resolución, Michel afirmó que “cuando se inició este conflicto planteamos que la salida era aplicando la ley y la Justicia está actuando”. También sostuvo que “la inacción del Gobierno genera incertidumbre en las comunidades de la región que ya están viendo afectada la actividad turística por la instalación de la planta”.
La inspección que ordenó Viri

Qué discute la demanda
El planteo judicial busca prevenir un eventual daño ambiental derivado de la construcción de la planta de combustibles sintéticos en Paysandú, ubicada a unos tres kilómetros en línea recta de las playas de Colón, sobre el río Uruguay.
Los legisladores sostienen que la obra avanza sin cumplir con las obligaciones previstas en el Estatuto del Río Uruguay y que Uruguay no presentó ante la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) los estudios de impacto ambiental correspondientes. Según su argumento, esa omisión impidió que Argentina analizara técnicamente el proyecto y sus posibles efectos sobre el ecosistema compartido.
La demanda también cita como antecedente el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya de 2010 en el caso “Plantas de Celulosa sobre el Río Uruguay (Argentina c. Uruguay)”, conocido como el conflicto por Botnia-UPM. Para los demandantes, esa sentencia reafirmó la obligación de informar y consultar antes de avanzar con emprendimientos de posible impacto ambiental en el río compartido.
Competencia federal y alcance local
Los legisladores plantean que la Justicia Federal es competente porque la demanda se dirige contra un Estado extranjero y porque el eventual daño podría producirse sobre territorio argentino, en especial en la zona de Colón y otras localidades ribereñas de Entre Ríos.
Además, fundamentan su legitimación activa en su condición de representantes de la provincia y en el interés razonable previsto por la legislación para promover acciones de prevención ambiental.
Como demandados fueron incluidos el Estado uruguayo y HIF Uruguay SA, al considerar que ambos intervienen en la autorización y ejecución del proyecto cuestionado.
El trasfondo ambiental y político
En el escrito, Michel, Marclay y Bahl afirman que Argentina desconoce el verdadero alcance ambiental del emprendimiento porque, según sostienen, no se presentó la documentación técnica requerida ante la CARU. Por eso piden medidas preventivas antes de que la planta entre en funcionamiento, para evitar un daño que califican como irreparable.
La demanda remarca que el proyecto se desarrolla sobre un predio de unas 400 hectáreas, una superficie similar a la del ejido urbano de Colón, y advierte por el uso de agua del río Uruguay y por los posibles efectos sobre el ambiente y la actividad económica de la región.
La controversia por la planta arrastra varios años y tuvo fuerte repercusión en las ciudades entrerrianas de la costa del río. Durante 2025 hubo movilizaciones en Colón con participación de vecinos, organizaciones ambientales e intendentes de Colón, San José y Liebig, que expresaron su rechazo al avance del emprendimiento.
Entre las pruebas incorporadas figuran notas periodísticas sobre esas protestas, entrevistas a autoridades municipales y una carta del Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, quien también manifestó preocupación por la falta de información ambiental presentada ante la CARU.
Además de la demanda civil preventiva, el expediente incorpora documentación vinculada a una causa penal federal que investiga presuntas infracciones a la Ley de Residuos Peligrosos y otros delitos relacionados con el proyecto.
Lo que viene en la causa
El reconocimiento judicial del 21 de agosto permitirá que la perito designada intervenga directamente en la constatación ordenada por el juzgado. Para las partes, se trata de una instancia central dentro de la etapa probatoria.
La diligencia se inscribe en una causa que busca determinar si la construcción de la planta cumple con las obligaciones internacionales vigentes y si corresponde adoptar medidas preventivas para evitar un eventual daño ambiental sobre el río Uruguay y las comunidades ribereñas de ambos países.



