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lunes, marzo 10, 2025

ESPUNM: La Universidad llevará ante Milei y Kicillof su reclamo en defensa del derecho a la educación

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La 9.ª reunión extraordinaria del Consejo Superior de la UNM dejó no solo conclusiones sino acciones a desplegar. Antes de la conclusión que sale en esta jornada, el Rector Hugo Andrade habló en vivo con Desalambrar señalando o describiendo el proceso judicial, el fallo que rechazó la cautelar y que habilita al Municipio a continuar con la obra (NdR: hay versiones de mudanza del Consejo Escolar antes que termine el mes de marzo), medida que será apelada en la cámara correspondiente.

La Declaración Pública del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Moreno, en su parte resolutiva, es trascendente en varios aspectos. Para las familias de la ESPUNM la «garantía de continuidad» y bregar por alcanzar la meta del «proyecto original».

El artículo N° 3 acentúa el camino de alcanzar respuestas positivas que reconozcan el derecho de la educación pública que defiende la UNM: «Ratificar todo lo actuado por el RECTORADO en materia administrativa y judicial a favor del reconocimiento de la cesión del predio que fuera identificado como: Circunscripción I, Sección A, Fracción 1, Parcela 2a y con el número de partida 188.517 de 7.623m2, de acuerdo al Plano de Subdivisión Nº 074-215-2021 y anulado irregularmente por el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE de la provincia de BUENOS AIRES a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, quedando instado para interponer todos los recursos ordinarios o extraordinarios que sean necesarios en defensa de los intereses de la UNIVERSIDAD.

Y es el artículo 4° el que debe destacarse porque corre con independencia de los resultados administrativos. El Consejo Superior insta al Rectorado para que, en función de las pruebas colectadas respecto de los desmanejos administrativos y económicos en la contratación de las obras del llamado “Polo Educativo” y en la obtención de la anulación ilegal de la inscripción registral de la cesión a favor de la UNIVERSIDAD, se realicen las denuncias penales correspondientes a la Intendenta Municipal y a los funcionarios actuantes municipales y provinciales involucrados por los incumplimientos de los deberes de funcionario público, malversación de fondos y abuso de autoridad que se estime se hayan configurado«.

ARTICULO 5º.- Encomendar al RECTORADO la conformación de un FORO PERMANENTE PARA LA DEFENSA PÚBLICA DE LOS DERECHOS DE LA ESPUNM integrado por miembros de toda la comunidad universitaria y educativa, a través de sus órganos de gobierno o unidades organizativas de pertenencia, a fin de:

a) Promover colectivamente medidas de difusión pública que contribuyan a dar visibilidad de la controversia y el actuar violento e ilegal de la MUNICIPALIDAD DE MORENO contra la UNIVERSIDAD, en procura de la restitución del predio, la realización de la obra de de la Escuela y la debida restitución del edificio existente dentro del mismo.

b) Proponer medidas y acciones a llevar a cabo por la UNIVERSIDAD y conducentes a la restitución del predio y construcción de la Escuela.

c) Asegurar la máxima participación y concientización de las comunidades universitaria y educativa en la defensa de los derechos y posición de la UNIVERSIDAD.

d) Obtener la consideración e intervención de las autoridades y de los legisladores nacionales y provinciales a favor de la restitución del predio y la realización de la obra de la Escuela, por medio de presentaciones y solicitudes de audiencia que permitan ofrecer el debido conocimiento de la situación planteada.

e) Realizar intervenciones o manifestaciones artísticas de cualquier índole en el espacio público, para dar visibilidad a la situación y lograr apoyos de la comunidad en general y en los medios de comunicación, en la defensa de los intereses de la Escuela.

ARTÍCULO 6º.- En cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, el RECTORADO deberá informar periódicamente al CONSEJO SUPERIOR el estado de las acciones emprendidas y medidas adoptadas.

Redacción

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