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El docente habría enviando más de 600 mensajes enviados a la niña de 11 años, entre textos y audios. Foto: Ilustrativa

El Ministerio de Educación, al tomar conocimiento sobre la denuncia contra el profesor que acosó a alumna de 11 años, dispuso sumario en contra del hombre y que sea derivado a la Supervisión de Villarrica, donde hasta la fecha permanece.

La directora de protección de los derechos de la Niñez, Sonia Escauriza, habló sobre la absolución del docente procesado por acosar a su alumna de 11 años de una escuela de Villarrica.

La denuncia había sido presentada por la madre de la niña en el 2022, y desde ese momento se dispuso que el hombre sea apartado de las aulas y que inicie un sumario administrativo en su contra, según Escauriza.

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“Nosotros en el MEC, cuando tuvimos esta denuncia, como medida cautelar lo sacamos para que él no esté en contacto con los niños, y fue a desempeñar funciones en la Supervisión de la zona. Él continúa ahí”, expresó en conversación con la radio 780 AM.

Refirió que, estaban a la espera de la decisión de los jueces para avanzar en el sumario, pero al ser absuelto de pena y culpa, se debe aguardar la determinación del asesor jurídico de la cartera educativa o del juez instructor, una vez que se presenten los documentos de la absolución.

“Cuando él presente su sobreseimiento, se van a evaluar los documentos y alguna sanción administrativa podría tener considerando las pruebas que existen en el sumario administrativo. Los docentes deben tener una buena conducta no solo dentro de la institución, también afuera”, agregó.

El caso era investigado por el fiscal Rodrigo Vázquez, quien en el juicio presentó todas las pruebas que incriminaban al docente. Más de 600 mensajes enviados a la niña de 11 años, entre textos y audios, que también fueron presentados al MEC.

El docente Eutaquio Insaurralde, fue absuelto por el Tribunal de Sentencia, pero desde la representación fiscal anunciaron que apelarán al fallo.

Lo que se analizó en Itaipú para la compra de pupitres, según Peña

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Los pupitres adquiridos por Itaipú. Foto: Archivo

El presidente Santiago Peña habló del proceso de adquisición de los mobiliarios escolares por parte de Itaipú y expuso los detalles analizados antes de tomar la decisión.

En enero del 2024, como cada inicio del año escolar, el Gobierno se encontró con el problema de la infraestructura. A partir de allí se inició un proceso de diálogo con el sector privado.

Analizamos cuál era la capacidad local y la calidad de productos que estaban ofertando, los precios y la capacidad de entrega y fabricación. Fue después de hacer todo ese análisis, yo participé de esa decisión”, rememoró Peña, en un contacto telefónico con la emisora 1080.

La compra, detalló, se hizo a precio cerrado y pupitre en escuela, con miles de pupitres entregándose por día, algo que tiene un costo. La firma tendrá que pagar el Impuesto a la Renta Empresarial sobre sus ganancias, que no serán diferentes a la de cualquier otra empresa contratada por el Estado.

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Según la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) el costo total es de 53,14 dólares, distribuidos de la siguiente manera:

El valor de cada set de pupitres (mesa y silla); USD 30, equivalentes a G. 237.072

Flete: USD 10,32 (G. 81.552)

Seguro: USD 0,30 (G. 2.370)

CIF (Costos de transporte marítimo): USD 40,62 (G. 320.995)

Tributo por Unidad: USD 12,52 (G. 98.939)

Desde la Federación Paraguaya de Madereros informaron que, para cumplir con la fabricación de 300.000 pupitres que requería Itaipú, necesitan una línea de producción con la que no cuentan.

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Estafadores se hacen pasar por agentes de Interpol con documentos y perfiles falsos

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Estafadores se hacen pasar por miembros de Interpol. Foto: Archivo

Desde el Departamento de Interpol alertaron que estafadores usan documentos y fotografías falsas, haciéndose pasar por miembros de la Interpol para extorsionar. Instan a verificar el número de teléfono y no caer en el engaño.

A través de una publicación, el Departamento de Interpol en Paraguay informó que descubrieron un nuevo modus operandi de estafadores que, en nombre de la institución, extorsionan a las personas.

El oficial de enlace del Departamento de Interpol, subcrio. Juan Fretes, comentó que desde el número de teléfono 0995 625 897 utilizan la fotografía de un funcionario con todos sus datos para exigir pagos que no corresponden.

“En horas de la tarde recibimos el aviso de unos colegas, de que había un número telefónico que se estaba haciendo pasar por miembros de la oficina externa de la Interpol. Llama la atención en el sentido de que utilizan esa fotografía y la denominación”, señaló en conversación con la 650 AM.

Se detectó a personas que se hacen pasar por personales del Departamento de Interpol utilizando documentos y perfiles falsos.
Estas personas NO pertenecen a nuestra institución.
Están incurriendo en un delito grave.
No brindes información, no realices pagos ni accedas. pic.twitter.com/dgYJYAxomM

— OCN Asunción Dpto. de INTERPOL Py (@InterpolOCNASU) April 8, 2025

Fretes expresó que, se están haciendo levantamiento de datos para identificar quién o quiénes están detrás de las extorsiones que realizan.

“En el sentido nuestro, estamos realizando la socialización de esta afectación, de cuál es el número, cuál es el perfil”, agregó.

Recuerdan desde Interpol que el número de la oficinal es 0976 200 479, e instan a no caer en el engaño.

Peña no incurrió en conflicto de intereses con sus acciones

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Santiago Peña, presidente de la República.

El presidente Santiago Peña aclaró que no incurrió en ningún conflicto de interés, tras ser consultado sobre su participación en Ueno Holding S.A.E.C.A., sociedad en la cual invirtió en el 2023 la suma de G. 6.144 millones, pero que ya se encuentra en proceso de extinción. También la propia Contraloría General de la República confirmó que no se violó ninguna norma legal vigente.

No hay nada ilegal o que raye una cuestión ética”, dijo este martes el presidente Santiago Peña y sostuvo que “es mentira que yo me beneficié con las licitaciones que ganaron las otras empresas. El banco era el que participaba de las licitaciones y yo no tengo ninguna participación en ueno Bank. Eso es claramente demostrable con el retiro de mis acciones con el mismo monto”.

Esto lo dijo en entrevista con radio Monumental, durante la cual el mandamás respondió que su inversión hecha en Ueno Holding fue legal y no se configuró en un conflicto de interés, tal como pretende instalar de manera maliciosa y tergiversada el grupo Zuccolillo a través de su diario ABC Color. La máxima autoridad del Ejecutivo además volvió a aclarar que nunca tuvo acciones en Ueno Bank, por lo que no se vio beneficiado con las licitaciones conseguidas con el IPS.

En esa misma línea, la Contraloría General de la República concluyó que no existe conflicto de intereses, dado que la participación accionaria del mandatario no supera el límite establecido por la ley. En entrevista con ABC TV, el director de Declaraciones Juradas de la Contraloría, Armindo Torres, afirmó que ni el presidente de la República ni su hermano están incurriendo en conflicto de intereses, ya que tenían menos del 10% de las acciones de las empresas con las que se los vincula, lo cual permite la norma.

De acuerdo con Torres, la Ley Nº 7089, de Conflicto de Interés, establece que el funcionario público tiene prohibido ser proveedor, directa o indirectamente, del Estado, y además establece como requisito tener el 10% del capital total. Agregó que la ley fue modificada parcialmente por la Ley Nº 7236, con la cual se eliminó la figura del vínculo familiar como un conflicto de interés dentro de la función pública.

El presidente no tiene igual o mayor al 10% de las empresas (posee el 1,58%), ni siquiera su hermano, que tiene solo el 0,3%, entonces no incurren en un conflicto de interés”, dejó en claro.

Tanto la Ley Nº 7089 como su modificatoria la Ley Nº 7236 refieren que se considera que un funcionario es proveedor por terceros, cuando el proveedor es una organización o sociedad comercial en la que el funcionario es el beneficiario final. Y ambas normativas establecen que deben reunirse ciertas condiciones, las cuales están expresamente establecidas en la Ley Nº 6446.

La Ley Nº 6446, en su Artículo 4º, establece que el Beneficiario Final se refiere a la o las personas físicas que, directa o indirectamente, posean una participación sustantiva o control final sobre la persona jurídica o estructura jurídica, o se beneficie de éstas, de manera que se enmarque por lo menos en una de las siguientes condiciones:

a) Tenga participación sustantiva: la tenencia de acciones o participaciones en un porcentaje igual o mayor al 10% (diez por ciento) con respecto al capital total de la persona o estructura jurídica;

b) Controle más del 25% (veinticinco por ciento) del derecho de votación en la persona o estructura jurídica;

c) Gerentes, administradores o quienes frecuentemente usen o se beneficien de los activos que son propiedad de la persona o estructura jurídica o, en cuyo nombre o beneficio se realice una transacción de la persona o estructura jurídica;

d) No estando contemplado en los incisos anteriores, tenga derecho a designar o cesar parte de los órganos de administración, dirección o supervisión; o,

e) Que posea la condición de control de esa persona o estructura jurídica en virtud de sus estatutos, reglamentos u otros instrumentos.

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