Por Melina Di Santo*
La Defensoría Oficial Civil realiza la misma tarea que un abogado particular: brinda asesoramiento jurídico gratuito. Asimismo, y en el caso de que haya que iniciar un juicio, otorga representación a aquellas personas que no pueden costear un abogado particular.
Una vez que tomamos un caso, lo primero que hacemos es escuchar la situación y realizar una serie de preguntas para conocer la situación económica de la persona en cuanto a sus ingresos y los del grupo familiar conviviente. Además, el juzgado realiza otra evaluación porque, paralelamente al juicio principal, se tramita otro llamado “beneficio de litigar sin gastos”; aquí debemos acreditar ante el juzgado que la persona no tiene los medios para pagar.
La Matanza es un partido muy amplio, con lo cual hay muchos frentes abiertos. Nosotros, tenemos tres lugares de atención en González Catán, Gregorio de Laferrere y San Justo. Intervenimos en diversas situaciones que van desde la salud mental hasta la discapacidad.
Si una persona es demandada, también puede recurrir a la Defensoría Oficial Civil. En estos casos, una vez que reciba la notificación en su domicilio, la persona debe presentarse de forma urgente a la Defensoría. El servicio es gratuito; ampara tanto al que quiere iniciar una demanda como al demandado.
Diferencia entre la Defensoría Penal y la Defensoría Oficial Civil
La ley le asegura a toda persona que tiene un proceso penal en su contra que la defensa debe estar sí o sí representada por un abogado. Si la persona no designa uno, automáticamente se le adjudica uno, porque no puede estar sin abogado. En cambio, el juicio civil tiene otras particularidades; por ejemplo, dentro de mi libertad, yo puedo decidir no presentarme, aunque lo recomendable siempre es presentarse.
*Defensora Oficial a cargo de la Unidad Funcional de Defensa N° 1 Civil departamental.