En junio, ya se ve cercano el pago de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Este derecho de los trabajadores está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo, N° 20.744, y, en particular, en los artículos 121 y 122 (modificación por la Ley N° 27.073) se establecen el cálculo del monto y las fechas de pago.
Se trata de un salario adicional que perciben los trabajadores y que se deposita en dos cuotas; la primera, en junio, y la segunda, en diciembre. No obstante, en los casos de las Pequeñas y Medianas Empresas que tienen hasta 40 trabajadores, la Ley N° 24.467 permite, mediante convenio colectivo, que el pago se divida en hasta tres períodos anuales.
Así, el aguinaldo incluye a todos los trabajadores registrados en relación de dependencia de los sectores privado y público, como a los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). No obstante, no alcanza a los trabajadores informales, a los monotributistas y a los beneficiarios de programas sociales, como AUH, AUE y Progresar.
¿Cuándo se cobra el SAC de junio?
- Fecha límite legal: 30 de junio.
- Período de gracia: hasta cuatro días hábiles posteriores, es decir, hasta el 4 de julio.
- Práctica habitual: algunas empresas adelantan el pago a la semana del 23 de junio para facilitar la cuestión administrativa.
¿Qué pasa si la empresa no paga el aguinaldo?
- Se aplican intereses por mora.
- Se establecen sanciones legales, principalmente, administrativas.
- Se efectúan reclamos individuales y/o colectivos.