El paquete de medidas, producto de reuniones con el sector, incluye:
Flexibilización del Régimen de Proveedores, permitiendo la incorporación de 800 nuevos proveedores exentos del pago a cuenta.
Reducción del pago a cuenta para el sector industrial, bajando la alícuota al 1,5% para industrias registradas fuera de Misiones.
Agilización de exclusiones para operaciones con medios de pago digitales, beneficiando al comercio local.
Eliminación de certificaciones contables para simplificar trámites, reduciendo tiempos y costos administrativos.
Estas acciones se presentan como una respuesta directa a las propuestas de las cámaras empresariales. El objetivo, según Safrán, es volver «más dinámico y competitivo al sector empresario y comercial misionero» en un escenario donde la recesión nacional ha dejado a los bolsillos de la gente sin un peso.
Formulario 178 ya no necesita certificación contable
Y la Agencia Tributaria de Misiones ya eliminó el requisito de presentar certificación contable en las solicitudes realizadas mediante el Formulario 178. La medida, oficializada por la RG 15/2025, busca agilizar trámites y reducir costos para los contribuyentes.
La medida rige desde el lunes y fue dispuesta por la Agencia Tributaria de Misiones.
Aplica a solicitudes realizadas mediante el Formulario 178.
Busca simplificar trámites y reducir costos para los contribuyentes.
La medida quedó oficializada a través de la Resolución General (RG) 15/2025, publicada por el organismo tributario provincial, y se enmarca en una política de simplificación de trámites administrativos para contribuyentes y profesionales.
Hasta ahora, quienes tramitaban gestiones mediante el Formulario 178 debían acompañar la documentación con la certificación de un contador público matriculado, lo que implicaba un costo adicional y una demora en el proceso. Con la nueva normativa, ese requisito queda sin efecto, agilizando la presentación de las solicitudes y reduciendo los tiempos de resolución.
Fuentes de la ATM señalaron que la decisión busca «optimizar el vínculo con los contribuyentes, evitando instancias innecesarias y modernizando el sistema de gestión de trámites», aunque recordaron que la documentación respaldatoria de cada presentación debe estar disponible en caso de requerimiento por parte de la autoridad fiscal.
La RG 15/2025 entró en vigencia este 11 de agosto y será de aplicación inmediata para todos los trámites que se realicen en adelante mediante el Formulario 178.