El Banco de Previsión Social confirmó que las personas jubiladas y pensionistas que residan en Montevideo podrán realizar las gestiones de sus préstamos sociales a través de redes de cobranza.
Foto: Estefanía Leal/El País.
Redacción El País
El Banco de Previsión Social (BPS) confirmó este jueves 2 de octubre de 2025 que los jubilados y pensionistas en Montevideo ahora podrán gestionar sus préstamos sociales a través de redes de cobranza.
Según el comunicado emitido por BPS, esto incluye a los locales de Abitab, Red Pagos y ANDA.
La entidad estatal informó que podrán gestionarse exclusivamente préstamos de jubilados y pensionistas mayores de edad «sin representación legal restrictiva que les impida operar por sí mismos».
La modalidad de pago podrá ser por banco o por ventanilla, según lo que indique la persona en su solicitud, agregó BPS, confirmando además que las condiciones serán las mismas que rigen actualmente en el interior del país.
Sin embargo, especificó que en caso de bloqueos, el titular deberá concurrir a una sucursal del BPS.

Estefania Leal/Archivo El Pais
Los préstamos en los que se opte por modalidad de pago banco gestionados antes de las 13:00 horas quedarán acreditados en el día, y los posteriores, al día siguiente, independientemente de la vía de solicitud, sea mediante una sucursal de BPS, agente o web, según la institución de seguridad social.
A pesar de esta nueva modalidad, BPS recuerda que la sección de préstamos sociales del edificio sede del BPS continuará con su atención habitual desde las 9:15 horas hasta las 16:00, con agenda.
«Con esta medida se completa la descentralización en todo el territorio nacional», detalló BPS.
A quiénes les corresponden préstamos sociales de BPS
Se trata de un préstamo en efectivo para jubilados y pensionistas de BPS. Por medio de este trámite, se puede gestionar la solicitud o la renovación de préstamos (tanto común como múltiple), siempre y cuando estén en condiciones de renovación, informa BPS.
Las personas comprendidas son todos los beneficiarios que perciban haberes mensuales por concepto de:
- Jubilaciones por BPS.
- Pensiones de sobrevivencia.
- Pensiones graciables.
- Pensión especial reparatoria mediante la ley N.º 18.033.
- Pensiones de vejez o invalidez.
Para más detalles acerca de los requisitos para realizar trámites de préstamos sociales, hacer clic en este enlace.
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