Para indemnizar a ocho víctimas del caso, solicitaron al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín que disponga la liquidación de los bienes muebles e inmuebles decomisados a cuatro integrantes del culto “Abba Krishna” que fueron condenados por trata de personas. El pedido fue realizado por el fiscal general, Alberto Adrián María Gentili, y la defensora pública de las víctimas de la provincia de Buenos Aires, Inés Jaureguiberry.
Al dictar aquella sentencia contra los condenados, el juez Walter Antonio Venditti halló culpables a Francisco Aurelio Pugliese, Leonardo Abel Gandarinho, Carina Lorena Cardoso y Lisa Beatriz Baissetto. En ese marco, comunicaron la condena a cuatro años de prisión, accesorias legales y costas, como partícipes secundarios del delito de “Trata de personas agravado por haber sido cometido mediando engaño y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, contra más de tres víctimas, con la participación de más de tres personas y la intervención del ministro de un culto no reconocido”.
Además, el magistrado los condenó como partícipes secundarios por “Abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal, en forma gravemente ultrajante, por parte del ministro de un culto no reconocido, con la intervención de más de tres personas y contra una persona menor de 18 años, aprovechando una situación de convivencia preexistente”. Durante el proceso, el líder de la organización no pudo ser juzgado porque fue considerado con “incapacidad sobreviniente”.
Pedido de reparación para las víctimas
En el fallo, el tribunal de San Martín dispuso la reparación económica de la querella y de las restantes víctimas del caso y ordenó el decomiso de cuatro inmuebles ubicados en el partido de La Matanza, de un automóvil Citroën C3 Aircross, una camioneta Renault Trafic, una tableta Samsung, seis teléfonos celulares, 459.960 pesos y 600 dólares.
Para asegurar los bienes, ordenó la inscripción de los inmuebles y los vehículos en los registros correspondientes a nombre del Estado Nacional con asignación al Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas y la transferencia del dinero a las cuentas del Fideicomiso de Administración del Fondo de Asistencia a Víctimas de Trata.
La sentencia fue recurrida por la defensa de Pugliese, pero la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó su presentación, lo que motivó un recurso extraordinario que también fue desestimado. Por ello, en diciembre de 2024 la defensa del condenado interpuso un recurso de queja ante el máximo tribunal, que aún no fue resuelto.
En este contexto, en agosto de 2024, la querella requirió la adopción de medidas cautelares y de administración respecto de los bienes y el dinero decomisados, que no fueron resueltas hasta el momento. En este sentido, el fiscal general Gentili y la defensora Jaureguiberry, como representante de la querella, solicitaron el cumplimiento de lo resuelto en la sentencia.
En ese sentido, requirieron que se dispusieran a la mayor brevedad posible las medidas necesarias para llevar a cabo la venta de los bienes a través de subasta pública por intermedio de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y que lo recolectado se destine al pago de la reparación de las víctimas prevista en la sentencia, mientras que propusieron el prorrateo del dinero en efectivo.
El caso
El templo Abba Krishna estaba ubicado en una zona de quintas de la localidad de 20 de Junio. Su fachada no pasaba desapercibida. Detrás de un cerco de madera y varios árboles que custodiaban la entrada, un cartel de madera señalaba distintas estancias dentro del centro de culto: “Templo para la conciencia de Krisna”, “Escuela Vaisnava cristiana”, “Sankirtan canto del mahamantra”, “Bhakti yoga”.
El espacio para la adoración del Dios Supremo del Mundo de la mitología hindú estaba montado a la perfección. Era creíble. Como todas las palabras de los líderes que estaban en el lugar. Ellos prometían dar contención afectiva y acompañamiento espiritual a personas que atravesaban diversas situaciones problemáticas como enfermedades, separaciones o conflictos familiares. Sin embargo, todo era un engaño.
Es que en el domicilio del sur del Partido funcionaba una organización coercitiva que por intermedio de la religión, con el tiempo, reducía a las víctimas a la servidumbre y las sometía en muchos casos a prácticas sexuales como modus operandi para la trata de personas.
La investigación
Las pesquisas se originaron a través de una denuncia anónima realizada por correo electrónico y recibida por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo. En ese mail, una de las víctimas dio cuenta de los diferentes hechos sufridos en el templo Abba Krishna.
En ese marco, la PROTEX formuló una denuncia y la Fiscalía Federal N° 1 de Morón formuló su requerimiento de instrucción el 2 de febrero de 2021, cuando solicitó la realización de diferentes medidas de investigación. Tras el avance de la pesquisa, cuatro personas fueron identificadas y acusadas de captar a víctimas y engañarlas aprovechándose de su situación de vulnerabilidad para obtener réditos económicos.
Para llevar adelante su plan, los ahora condenados habían montado un templo denominado Abba Krishna, que contaba con rasgos sectarios. El modo de operar se vio caracterizado por procesos paulatinos en los cuales la organización se ganaba la confianza de sus fieles e imponía distintas pautas en concepto de “avance espiritual”.