Barcelona
El juzgado de lo penal número 1 de Figueres ha condenado a dos años de prisión al conductor que atropelló mortalmente a un joven de 19 años que circulaba en patinete por Empuriabrava. Los hechos ocurrieron la madrugada del 10 de octubre de 2021, cuando la víctima salía de trabajar en un supermercado. El acusado dio positivo en alcohol y huyó del lugar del siniestro. Además, la jueza le ha impuesto una multa de 4.320 euros y lo ha condenado por los delitos de homicidio imprudente en su modalidad menos grave y abandono del lugar del accidente. La familia de la víctima ha anunciado, a través de sus abogados del despacho Vosseler, que presentará recurso de apelación, al considerar “insuficiente” la pena impuesta.
El atropello tuvo lugar sobre las seis de la madrugada. El acusado circulaba por la avenida Marinada de la localidad cuando, al llegar a un cruce, embistió al joven. En lugar de detenerse para socorrerlo, continuó la marcha hasta que chocó contra un coche aparcado, abandonó su vehículo y huyó corriendo. Posteriormente, llamó a su padre y, una hora y media después, se presentó en una comisaría para confesar los hechos. En ese momento se le practicó la prueba de alcoholemia, que arrojó un resultado de 0,39 mg/l en aire espirado, muy por encima del límite legal permitido.
El abogado de la familia de la víctima anuncia que presentará recurso porque considera que la pena impuesta es “insuficiente”
La sentencia detalla que el conductor circulaba a una velocidad superior a los 50 km/h. Según un informe pericial de los Mossos d’Esquadra, llegó a alcanzar 78 km/h y en el momento del impacto conducía a 67 km/h. “Apretó el pedal del gas, por error o no, y esta velocidad influyó en la gravedad del accidente”, subraya la jueza.
El fallo también señala que el joven del patinete se incorporó a una vía principal sin respetar la señal de stop. “Por una desatención, una creencia de que disponía de suficiente tiempo o por causas que se desconocen, realizó la maniobra de acceso a la vía”, recoge la sentencia. El impacto se produjo cinco segundos después de que el patinete se saltara la señal “que debía respetar”, añade.
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La jueza da por acreditado el delito de abandono del lugar del accidente, al considerar que el acusado huyó “de manera inmediata y con plena consciencia”, dado que después llamó a su hermano para que lo pusiera en contacto con su padre y se hiciera cargo de la situación. Además, la sentencia indica que el vehículo no estaba asegurado, por lo que el Consorcio de Compensación de Seguros deberá indemnizar a la familia de la víctima con un total de 90.087 euros: 50.283 euros para la madre, 28.615 euros para el padre y 11.189 euros para el hermano del fallecido. El Consorcio ya ha abonado dichas cantidades. El abogado del condenado también ha anunciado que presentará recurso contra la sentencia.





