En un fallo sin precedentes en la historia judicial de Misiones, dos dirigentes sindicales docentes fueron condenados por desobediencia judicial y obstrucción del transporte a raíz de un corte de tránsito en medio de una protesta.
La sentencia recayó sobre Mónica Gurina y Leandro Sánchez, quienes apenas unas horas antes del inicio del juicio habían rechazado una propuesta fiscal de probation.
A los docentes se los responsabilizó de haber interrumpido el tránsito sobre la avenida Uruguay, en los primeros días de junio del año pasado, en momentos que reclamaban con un acampe una mejora salarial.
El conflicto se zanjó días después con un acuerdo por el cual el Gobierno mejoró los ingresos del sector y se comprometió por escrito a no tomar represalias judiciales ni administrativas contra los maestros y profesores que se sumaron al reclamo.
La jueza Correccional y de Menores Marcela Leiva le impuso a Gurina una pena de 10 meses de prisión en suspenso, y ocho meses a Sánchez. Además, ambos deberán realizar tareas comunitarias.
La causa se inició a raíz de las quejas de los comerciantes de la avenida Uruguay, que vieron disminuidas sus ventas a causa del bloqueo del tránsito por parte de los docentes.
Los docentes imputados negaron haber estado al frente de la protesta y que las decisiones se tomaban en asambleas.
La fiscal María Laura Álvarez, quien hasta último momento buscó evitar el juicio oral, sostuvo en su alegato final que el proceso judicial no buscaba criminalizar la protesta, sino sancionar delitos que se cometieron en medio de una protesta sindical.
“No estamos en contra de la protesta, pero cuando hay delitos debemos intervenir”, sostuvo.
Agregó que ambos dirigentes conocían la orden judicial que disponía el despeje de la avenida Uruguay -una vía por donde circulan varias líneas de ómnibus urbanos de Posadas-, pero decidieron mantener el corte.
“Sánchez y Gurina tenían el poder de dirección. Eran los destinatarios de los oficios” judiciales, indicó.
Para la fiscal, “hubo perjuicios a terceros” y dejó en claro que “tus derechos a protesta terminan cuando inician los míos. No se respetó la libre circulación, la venta de comercios”.
Álvarez pidió un año de prisión en suspenso para Gurina y diez meses para Sánchez.
La defensa, en tanto, solicitó la absolución y destacó que era la primera vez que un conflicto social tenía derivaciones penales.
Eduardo Paredes recordó que la protesta de productores yerbateros que bloquearon el acceso a la Casa de Gobierno en 2002 para exigir la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate “terminó sin represalias” judiciales.
“Sería un error trágico cerrar con una condena. Siempre la medida de fuerza es para hacerse ver, siempre afecta a terceros porque son conflictos”, acotó.
Por su parte, Roxana Rivas destacó que ““este conflicto se resolvió en sede administrativa”.
“Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan liderado la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un poder de dirección en los hechos”, agregó.
Para la defensora, “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” en el expediente.
Antes del dictado de la sentencia, Sánchez se dirigió a la jueza Leiva y dijo: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
“Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”, agregó.
Dos horas después, se conoció el fallo condenatorio.
EMJ

