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domingo, febrero 9, 2025

Condenan a geselino por abusar de su hermana

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07-02-2025 Los hechos ocurrieron entre 2022 y 2023, cuando la victima tenia entre 9 y 10 años. En el marco de un juicio abreviado, fue condenado a “Ocho años de prisión”.

Un vecino de Villa Gesell sometido a proceso penal imputado de haber abusado sexualmente de su hermana menor, fue condenado en el marco de un juicio abreviado realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 2 de Dolores.

El fallo lo dictó el Dr. Antonio Severino actuando como Juez unipersonal, quien en la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, señaló que el juicio había sido consensuado por el Fiscal Dr. Juan Manuel Dávila y la Defensora Oficial Dra. Verónica Olindi Huespi, ello con acuerdo expreso del imputado respecto a la calificación y el estimado de la pena.

Respecto de los hechos el Dr. Severino señaló, haber formado convicción que el 22 de

diciembre de 2022 en un domicilio de Villa Gesell un sujeto aprovechándose de ser hermano mayor de una menor de 9 años abusó sexualmente de ella, a quien luego de llevarla a una habitación y acostarla en una de las camas la desnudó para tocarla con sus manos en las partes íntimas, ultrajando de ese modo gravemente su integridad sexual (Hecho I).

Que en un período temporal entre marzo y diciembre de 2023 en al menos dos oportunidades, el mismo sujeto aprovechándose de ser hermano mayor de la víctima de entonces 10 años, dentro de una habitación del mismo domicilio la tomó fuertemente de los brazos, la sujetó detrás de la espalda, la besó en el cachete, luego se quitó el short y previo desnudarla la manoseó en sus partes íntimas. Que para cometer los abusos sexuales se aprovechó de su preeminencia como hermano mayor y de la situación de convivencia con ella en el ámbito familiar (Hecho II).

El Magistrado señaló en primer término, que la causa debía analizarse bajo la óptica de la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, ya que uno de los derechos más importantes que la norma fija es la de mantener la integridad física, sexual, psíquica y moral de ellos.

Respecto del caso, precisó que la denuncia había sido formulada por una ex pareja del padre de la niña, a quien esta le había contado que su hermano mayor había hecho con ella “cosas indebidas”, esas que “hace un hombre con una mujer”, que posteriormente la niña le había dejado una nota contando lo que le sucedía y también unos dibujos. Agregó la denunciante que los padres tomaron conocimiento de la situación, que temía por la actitud adoptada por estos de minimizar lo relatado por la niña, ya que quien había sido su pareja le había dicho que no podía hacer nada, que solo iba a esperar que el tiempo pasara y eso se borrara, que eso la había decidido a hacer la denuncia ante la gravedad de lo ocurrido.

Al respecto resaltó el Juez, que el detallado relato de la denunciante había sido acompañado por notas y dibujos que habría realizado la niña. Y precisó el Magistrado, la “totalidad de este escenario nos muestra que el testimonio de la denunciante resulto congruente y coincidente con la versión brindada por la niña. Ello además encontró inmediato y fuerte respaldo con lo sostenido por la profesional en Psicología que realizó la pertinente pericia, donde se indicó las consecuencias de lo sufrido, se determinó también que la menor estuvo expuesta a vivencias de características displacenteras de naturaleza sexual, y se especificó además, que no se detectaron indicadores de tabulación, ni ideaciones motivadas por un adulto”.

Por ello el Juez Dr. Antonio Severino resolvió condenar a B.G.F., nacido y con domicilio en Villa Gesell, como autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser cometido en perjuicio de una menor de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente, por el vínculo y encontrarse la víctima al cuidado del autor (dos Hechos)”, imponiéndole como pena “Ocho años de prisión”. Además, dispuso que al quedar firme la sentencia se le extraiga al imputado muestras para su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos y en el Banco Provincial de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia.

Nota: se omiten nombres y detalles que permitan identificar a la menor

Redacción

Fuente: Leer artículo original

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