«Nada de lo que dice Conexión Ganadera resulta convincente”, dice un fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5to Turno del año 2011 en el que condenaba a la empresa, a Pablo Carrasco y su esposa Ana Iewdiukow . A estos últimos dos por concepto de responsabilidad profesional y daño moral. La cifra a pagar impuesta por el tribunal fue de una cifra superior a los 12 mil dólares, según surge de la sentencia a la que accedió El País.
De la ventanilla en línea de consulta de expedientes judiciales no surge que este fallo haya sido apelado. El expediente pasó al archivo en 2011.
¿Pero por qué llegaron los ministros Luis Simón, Sandra Presa y Beatriz Fiorentino a decir que nada de lo que decía Conexión Ganadera en el marco de este caso era convincente?
Carrasco y su esposa firmaron el llamado “Proyecto de Explotación San Miguel” que sería llevado adelante en los campos arrendados por un tercero, que es quien los terminó denunciando por un incumplimiento contractual. “Desarrollaron una actividad de explotación paralela con ganado que no era propiedad del actor pero que sí ocupaba el campo por él arrendado”, recoge la sentencia.
Allí surgen varios aspectos a destacar. Uno de ellos es que en el campo en cuestión lo razonable era colocar una determinada cifra de cabezas de ganado, y a sabiendas de eso, el demandado le aconsejó colocar “300 cabezas de ganado vacuno de la familia Carrasco, lo que se suma a la mencionada explotación paralela y clandestina del ganado de Conexión Ganadera”, advirtieron los ministros.
Aunque la responsabilidad de Carrasco y Iewdiukow ya había sido detectada por el Juzgado de primera instancia, no así la de Conexión Ganadera. Desde la empresa defendían que su cometido era prestar “servicios al ‘inversor’ y ‘al productor’ sin participar del negocio económico que realizan las partes contratantes”. Así como que, en determinado momento, Carrasco trató con inversores en su condición de “productor” y no de titular de la empresa. Por lo que la empresa, entonces “no utilizó en forma clandestina un establecimiento rural ajeno”.
Allí surge la valoración citada al comienzo y realizada por los ministros: “Nada de lo que dice Conexión Ganadera resulta convincente”. Para este caso, a su juicio, el campo “fue utilizado en beneficio del ganado de Conexión Ganadera”.
De hecho, había un capataz que llevaba registro de las actividades de la estancia y allí había referencias a este ganado. Al ser interrogada, Iewdiukow, se le preguntó si había ganado de la empresa en ese campo y contestó que no recordaba.
“Cabe concluir, en consecuencia, que esta sociedad no era ajena a la explotación, en diversos aspectos abusiva, que se estaba realizando en el campo de (del demandante) sin su conocimiento”, indicaron los jueces.
A su vez, en este fallo de segunda instancia le dieron razón al demandante en otra cuestión más. Padeció por estos hechos de “daño moral” puesto que “emerge el abuso y la deslealtad con que actuaron los demandados”.
El demandante falleció hace al menos siete años, constató El País.
![Gustavo Basso y Pablo Carrasco, fundadores de Conexión Ganadera](https://imgs.elpais.com.uy/dims4/default/d9cd1c3/2147483647/strip/true/crop/1440x1800+0+0/resize/1152x1440!/quality/90/?url=https%3A%2F%2Fel-pais-uruguay-production-web.s3.us-east-1.amazonaws.com%2Fbrightspot%2Fc4%2Fb1%2F56fa9fb446f4b9323d38edd2f187%2F458386671-18349059088190223-7627807875671649849-n.jpg)
Foto: Gustavo Basso
Otros fallos
Otra de las comparecencias del matrimonio a la Justicia ocurrió en 2010. Una pareja había pedido que Carrasco dejara de ser el administrador de Hernandarias V, una sociedad agraria limitada que era 99% de los denunciantes. Eso ocurrió en el marco de un proceso arbitral que luego no concluyó formalmente. En una sentencia intermedia dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7mo Turno, se expone que “el propio apelante (Carrasco) admite que no realizó las auditorías externas contables por ejercicio por lo que mal pudo comunicarla a los otros socios (…) como consecuencia de lo anterior, tampoco brindó información sobre la gestión y situación económico financiera de la sociedad”.
Según supo El País, esta sentencia refiere al caso presentado por el semanario La Mañana, en el que, citando solo los nombres de pila de los denunciantes, informa que se presentaron también en la Justicia penal y denunciaron el faltante de cabezas de ganado que debían estar a su nombre.
Hubo un tercer caso, que tuvo fallo definitivo en 2014, en que Carrasco y Conexión Ganadera tuvieron un resultado favorable. El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7mo Turno desestimó su responsabilidad en una denuncia de una sociedad anónima que afirmaba que les debían dinero y también debían pagar multas producto de esa deuda. A juicio del demandante, la deuda surgía de una cláusula puntual del contrato pero tanto el juez de primera instancia como el tribunal entendieron que eso no era así.
«Confusa redacción»
En el caso que ganó Conexión Ganadera, en la primera sentencia el juez ordenó que las “costas y costos” del proceso corran por cuenta del demandante. Estas se imponen cuando el denunciante tuvo “mala fe, malicia o temeridad”. Pero esto fue revocado por el tribunal porque “la demanda se funda en una interpretación de los contratos y posterior convenio de liquidación, lo que está dentro de lo discutible, máxime no puede desconocerse la confusa redacción dada a la cláusula séptima del convenio de liquidación ya analizada, lo que permite concluir que la actora pudo accionar creyéndose asistida de la razón”.
Aunque Conexión Ganadera tenía varias posibilidades de contratos y el Tribunal se refiere a una única cláusula de un contrato específico celebrado con una sociedad puntual, la redacción es algo que ha estado sobre la mesa en los últimos días en lo que refiere a la crisis actual. En el streaming con los inversores, Ricardo Giovio, se refirió a otro de los contratos que ofrecía la empresa y dijo: «El contrato no es feliz, no está bien ese contrato. Hablé con un abogado que fue el que hizo el contrato inicial, cuando se lo mostré me dijo ‘ese no es mi contrato, acá alguien metió mano’ y esa redacción es la que hace que hoy yo no sé si el ganado es de todos o de algunos».
A futuro
El País accedió a un registro de causas judiciales con algunas de las causas en las que Pablo Carrasco figura como parte interviniente (esto puede ser como denunciante o denunciado). Hay nueve iniciadas en 2025 y están en juzgados civiles de Montevideo (tres), dos en la Justicia de Concurso, dos en juzgados de Conciliación de Montevideo, una en el juzgado de Tacuarembó y otra en el de Salto.
En los dos casos que tiene en el juzgado de Conciliación, él figura como citado (es decir, es un tercero quien lo convoca a conciliar como paso previo a realizar otro tipo de acciones). El caso en el juzgado de Salto se trata de una denuncia que realiza una mujer contra Hernandarias XIII Sociedad Agraria (empresa satélite de Conexión Ganadera) para intimarlos al pago. Esta información surge de la ventanilla en línea de consulta de expedientes judiciales.