La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este jueves el fraccionamiento y comercialización de una serie de cafés en todo el territorio nacional por irregularidades en el rotulado. Además señaló que al carecer de registros sanitarios de establecimiento los productos fueron considerados “apócrifos”.
Se trata de siete cafés de distintas marcas y la magnitud de las prohibiciones recordó la regularidad con la que la Anmat está sacando del mercado productos cotidianos.
A través de la Disposición 8385/2025, se informó que los productos implicados son Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia; Café Clásico, marca Café Sol; “Café Colombia, marca Café Sol; Café Gourmet, marca Café Sol; Café, marca Café Sol; Puro café estilo italiano tostado natural en grano, Intenso Blend, marca Caffé del Ponte Rialto; Café tostado natural, Expresso Café Crema.
Los cafés retirados del mercado por la Anmat.En el documento, la Anmat especificó que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia en la que se alertó que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 02-033393 es utilizado en el rótulo del producto de la marca “Caffé del Doge”, pero que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) en él consignado «no se corresponde con ninguno de los productos que elabora».
Al no tener registros sanitarios de establecimiento y de producto, y por estar «falsamente rotulados al exhibir en sus rótulos un número de RNE no vigente o perteneciente a otro elaborador y números de RNPA inexistentes», la Anmat consideró el producto como “apócrifo” y tomó la determinación.
Café Sol, una de las marcas prohibidas por la Anmat.
Más productos cotidianos prohibidos
Dentro de la popularidad de los productos prohibidos, el veto más resonante fue el de la crema dental anti-caries con flúor “Colgate Total Clean Mint”. El 22 de julio, la Anmat ordenó su retiro del mercado a la empresa Colgate-Palmolive Argentina S.A.
“Esta medida obedece al creciente número de eventos adversos reportados por consumidores argentinos tras el uso de la crema dental”, 19 de los cuales han sido recabados por la empresa y dos, recibidos por Cosmetovigilancia de la Anmat. A esto se suma “un muy elevado número de supuestos casos de eventos adversos asociados al uso del producto en Brasil”, que arribaría a 11.441 desde el lanzamiento del producto en julio de 2024.
Esos reportes manifestaban irritación e inflamación en la boca, como «ampollas, aftas, ardor, hinchazón y dolor, entre otros”.
La pasta de dientes prohibida por la Anmat en julio.El 23 de octubre, la Anmat prohibió una popular golosina que se vendía con registros sanitarios falsos. Se trata del producto rotulado como “Golosina a base de oblea y azúcar» marca Gallinita Orly.
De su análisis surgió “un resultado ‘no conforme’ en lo que respecta a la rotulación de los productos, dado que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 04030478 y el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 04003785 que se exhiben en el rótulo de producto investigado «son inexistentes”. También fue considerado “un producto apócrifo”.
Por las mismas razones que los siete cafés del primer párrafo y la golosina anterior, el organismo de control también resolvió prohibir la elaboración y venta de dos marcas de aceite de oliva.
Ecoliva, uno de los aceites retirados del mercado.La Disposición 7831/2025 impuso aquellas restricciones sobre el “Aceite de oliva extra virgen, marca: Olivos de Arauco, Origen: Departamento Arauco, Provincia de La Rioja, y “Aceite de oliva extra virgen – Primera prensada en frío, sabor intenso; marca Cumbres Riojanas.
A comienzos de noviembre, también prohibió otros dos aceites: Aceite de oliva extra virgen marca Valle de Beraca; RNE 13721946; RNPA 13203106″, elaborada en Entre Ríos, y «“Aceite comestible mezcla, libre de gluten marca Ecoliva, Blend, Cont. Neto 500 cm3″, de la Ciudad de Buenos Aires.
Cumbres Riojanas también tuvo irregularidades.La investigación determinó que el primer producto estaba falsamente rotulado, y que en el otro aceite prohibido «la composición de ácidos grasos no se condice con la composición declarada en el rótulo por el elaborador».
En la línea culinaria, en agosto Anmat ordenó retirar del mercado un tomate triturado de Marolio por contener gusanos. Se vendía bajo la presentación en caja de cartón de 500 gramos, libre de gluten. El lote afectado es el L25114, con fecha de vencimiento en abril de 2027.
El organismo divulgó el caso «con el objetivo de proteger la salud de la población ante la aparición a simple vista de lo que parecieran gusanos, pero al microscopio se trataría de microstomum sp. que podrían encontrarse en el producto», según informaron en un comunicado.
La ANMAT advirtió por un lote de tomate triturado Marolio.En septiembre ocurrió otra inspección de un alimento, también por una denuncia, y terminó con el retiro del mercado del queso cremoso marca «La Agustina”, elaborado en Marcos Paz, Buenos Aires. El INAL detectó que el producto utilizaba registros sanitarios inexistentes y exhibía información falsa en su rótulo.
Un mes después, la Anmat ordenó el retiro de todos los supermercados de una de las galletitas más conocidas tras constatarse una falta grave en su empaquetado y un rotulado irregular. De marca Jasmine, se trata de galletitas integrales con castañas de cajú y almendras, dietéticas, lote: X19225B01, con Vencimiento el 11/7/2026.
La irregularidad se vincula con el uso indebido del rotulado de «libre de gluten», ya que esta presentación no se encuentra autorizada bajo ese registro, según los datos de Anmat.
Otros productos peligrosos
El organismo no se enfoca en alimentos y bebidas solamente, y más allá de los medicamentos e insumos médicos, que también vigila, sacó del mercado productos no comestibles por ser eventualmente perjudiciales para la salud.
Tal es el caso de limpiadores y ambientadores marca Walker, fabricados por Sommer S.A., al detectar que se comercializaban sin registro sanitario.
La medida surgió a raíz de una denuncia anónima recibida por el Servicio de Domisanitarios, dependiente del Instituto Nacional de Medicamentos (Iname), que llevó a una investigación de la que participaron inspectores de la Anmat.
Retiraron productos de cosmética capilar.Durante la pesquisa, en junio, se detectó su comercialización en tiendas online, redes sociales y sitios web, los cuales carecían de registros emitidos por el organismo regulador, condición indispensable para garantizar su seguridad. Todos ellos fueron identificados como productos de fabricación nacional sin habilitación vigente.
Dentro de la categoría de cuidado del cabello, la medida 6776/2025 determinó la prohibición, el 15 de septiembre, de los productos “JUKA.ALISADOS” por no contar con la debida inscripción sanitaria.
La orden se extendió a todas las variantes y presentaciones de la marca detectadas en plataformas de venta en línea, incluyendo productos como shampoo neutro, encerado capilar, ADN reparación profunda, nutrición células madre, nutrición multivitamínica, crema extra ácida, levanta muertos, biotina pura, alisado japonés y botox capilar.
MG





