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jueves, septiembre 4, 2025

Decretos anulados: Vuelven a revivificar a las instituciones culturales desmanteladas

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No hay vacío legal ni se vulnera la seguridad jurídica con el rechazo que el Congreso de la Nación hizo de varios decretos presidenciales, entre ellos, el 345/25 que convertía a varios organismos, algunos con autonomía, de la Secretaría de Cultura de la Nación, en unidades organizativas. Ello equivalía a poner bajo el paraguas del área a cargo de Leonardo Cifelli a los institutos históricos fusionados, a la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares y al Instituto Nacional de Teatro, entre otros. Después del rechazo de la Cámara de Diputados y del Senado de la Nación todo vuelve a fojas cero.

Diputados rechazó decretos y facultades delegadas. Foto: Federico Lopez Claro.Diputados rechazó decretos y facultades delegadas. Foto: Federico Lopez Claro.

Si bien fuentes inobjetables de la Secretaría de Cultura infieren, según el decreto 627/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial, que el Congreso “ha provocado un vacío normativo de extrema gravedad sin determinar un marco jurídico aplicable en su reemplazo”, eso no es cierto atendiendo en primer lugar a lo que el mismo decreto dice en su artículo 1º: “Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos Nros. 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de cada uno de los mencionados decretos”.

Interpretaciones

¿Cómo es posible que se haga una interpretación tan contradictoria? El especialista en derecho público Gustavo Arballo publicó hoy en un tuit en la red X: “Hace una semana escribí una nota, que sale hoy en La Ley, sobre qué sucede cuando el Congreso rechaza decretos delegados (o DNUs). Mi postura es que se vuelve al estado anterior (en este caso sí hay reviviscencia)”. Vale decir que vuelven a estar vigentes las leyes y demás normas derogadas por los decretos del presidente Milei derogados por el Congreso de la Nación.

En su artículo en La Ley, Arballo dice: «El rechazo parlamentario de un decreto delegado produce un doble efecto. Por un lado, el expresamente previsto: la pérdida de vigencia de la norma dictada por el Ejecutivo. Pero a la vez hay otro derivado que aquí postularemos, porque se articula con la lógica de control parlamentario, o que se plasma en la reviviscencia de la legislación anterior que el decreto había derogado o modificado. En ello se diferencia de la derogación común de una ley, que no tiene aquel efecto, porque un Parlamento posterior actúa con la misma jerarquía que el anterior, mientras que en la delegación el Ejecutivo ejerce un poder subordinado al Congreso”.

Otras fuentes irreprochables consultadas por Clarín coinciden con el punto de vista del especialista: “No hacían falta que el decreto (627/25) lo aclarara. La norma anterior, al haber sido derogado el decreto (decreto 345/25) por el rechazo de ambas cámaras, ya revive. La vigencia del decreto dependía del acto expreso de ambas cámaras como condición resolutoria. Ergo, al no haber sido aprobado, es como si nunca hubiera existido. La ley recupera su vigencia completamente”.

Otra fuente experta afirmó que “si bien es cierto que los DNU y los decretos delegados, que deberían ser excepcionales, tienen jerarquía legal y pueden derogar leyes, una vez que los rechaza el Congreso mueren hacia adelante (sin afectar los actos jurídicos que se hubieran realizado durante su vigencia). Coincido en que revive la ley derogada”.

Las expertas aclaran además que para evitar la situación de anomia es que en el decreto 627/25 se restablece la vigencia de las normas derogadas.

Otras de las quejas apuntadas en la Secretaria de Cultura, posterior al rechazo legislativo, es que “el Congreso incurrió en una omisión que coloca a la administración pública nacional frente a un escenario de incertidumbre jurídica que afecta la seguridad y previsibilidad del ordenamiento legal, y dificulta la implementación de políticas públicas”.

No hay omisión ni incertidumbre jurídica cuando en el mismo decreto 627 publicado hoy se restituye la normativa vigente antes del dictado e implementación de los decretos delegados que el Congreso rechazó.

El secretario de Cultura de la Nación, Leonardo Cifelli, en la inauguración de arteba 2025. Foto: Mariana Nedelcu.El secretario de Cultura de la Nación, Leonardo Cifelli, en la inauguración de arteba 2025. Foto: Mariana Nedelcu.

Continuidad de designaciones

De la Secretaría de Cultura nos dijeron que “a fin de no comprometer la continuidad operativa de la administración pública nacional y salvaguardar los principios de buena administración y juridicidad” se continuaba con la ratificación de los funcionarios ya designados para los que iban a ser unidades organizativas, pero que ahora recobraron sus antiguos perfiles.

En el INT quedará como titular, según los voceros oficiales, Federico Brunetti, al tiempo que “se avanzará internamente en cambios para que el Instituto cumpla con sus objetivos y destine el 90% de sus fondos al fomento del teatro, algo que en la actualidad, por su conformación administrativa es de imposible cumplimiento. En la actualidad, nos dicen, se destina el 65% de los fondos a burocracia.”

Raúl Escandar fue ratificado en Conabip al tiempo que se informó que el Instituto Nacional Sanmartiniano y el Eva Perón vuelven a su condición previa al decreto 345/25. En todos los institutos que se habían borrado de un plumazo se “convocará a ternas de propuestas para seleccionar a los nuevos directores”.

En cuanto a la Comisión Nacional de Monumentos Históricos se designará a los nuevos integrantes en los próximos días.

Solo una aclaración para dejar claro este entuerto creado por los decretos delegados del Presidente: en Cultura, todo lo que se confirma se habría podido hacer sin tanto ruido. Pedir renuncias y designar otros funcionarios es lo mínimo que cualquier nuevo gobierno hace y ha hecho en más de 40 años de democracia.

El problema no es el qué sino el cómo.

Redacción

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