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jueves, julio 17, 2025

Desde 2027 los colectivos 0km porteños deberán contar con motorización a gas natural comprimido o eléctrica

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Lo estableció el Ministerio de Infraestructura.

El Ministerio de Infraestructura, mediante la Resolución N° 111/SECT/25, estableció que “a partir del 1° de enero de 2027 las unidades Cero Kilómetro (0 Km) afectadas a los servicios de transporte colectivo de pasajeros que se registren ante el Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) deberán contar con motorización a gas natural comprimido o eléctrica”.

“Las unidades convencionales con motor diesel que se encuentren habilitadas podrán permanecer prestando servicio hasta cumplir su antigüedad máxima”, indica el artículo primero de la Resolución.

El Gobierno porteño menciona que la Ley 2.930 “Plan Urbano Ambiental” establece en su artículo 7° “Transporte y Movilidad”, que el propósito del plan es “promover un sistema de transporte sustentable que potencie la intermodalidad, tender a la expansión del uso de los medios públicos –en especial, de los medios guiados– mejorando la capacidad y calidad de los servicios, y desalentar el uso de los automotores privados, todo ello a efectos de mejorar las condiciones logísticas de movilidad, seguridad y calidad ambiental”.

“En ese marco, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires viene desarrollando el Plan de Movilidad Sustentable, mediante el cual se propende que los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puedan trasladarse de manera rápida, segura y ordenada, contribuyendo, además, a una mejor calidad ambiental; en ese contexto, uno de los principales programas ejecutados en el marco del Plan de Movilidad Limpia fue el Programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia”, se agrega.

“La Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha asumido el compromiso de ser una Ciudad carbono neutral, resiliente e inclusiva para el año 2050, desarrollando el Plan de Acción Climática 2050 (PAC) como parte del proceso de revisión y actualización de los planes anteriores”, mencionan fuentes oficiales.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires casi el cien por ciento (100%) de los colectivos utiliza combustible diésel, que genera aporte de gases de efecto invernadero, emite otros contaminantes que afectan la calidad del aire y genera ruidos molestos. El cambio tecnológico en los colectivos urbanos es un desafío que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha decidido encarar para alcanzar un transporte masivo libre de emisiones.

Se menciona que se autorizó la realización de la Prueba Piloto denominada “Movilidad Urbana de Buses Eléctricos (MiniMUBE)”, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que tiene por objeto la implementación de un servicio de transporte de pasajeros por automotor eficiente, seguro, accesible, y amigable con el ambiente, conectando la zona de Puerto Madero Sur con la Plaza San Martín, en el barrio de Retiro.

El servicio de transporte autorizado mediante la Prueba Piloto denominada “Movilidad Urbana de Buses Eléctricos (MiniMUBE)” discurre en el microcentro de la Ciudad y es prestado con vehículos a propulsión 100% eléctrica; Que los objetivos de dicha prueba piloto consisten en la incorporación a la trama urbana de minibuses eléctricos para cubrir las necesidades de traslado y movilidad de los vecinos y demás personas que se movilizan por una zona que posee bajo nivel de cobertura;

“Si bien este novedoso servicio aún no cuenta con resultados definitivos, en esta primera etapa de implementación, se observa una positiva aceptación por el público usuario, transportando el primer mes 65.000 pasajeros, con una valoración positiva del nivel del servicio por encima del 90%, viéndose reducido los niveles de ruido en el microcentro y casco histórico de la Ciudad, mejorando la accesibilidad y conectividad con el resto de la red, sin emisiones de gases de efecto invernadero”, destacan en el GCBA.

También se cita que “con fecha 3 de septiembre de 2024 se suscribió entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Acta Acuerdo que tiene como objeto la transferencia de las competencias, por parte del Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las líneas de colectivos que poseen recorrido íntegramente dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al Grupo Tarifario Distrito Federal; Que la referida Acta Acuerdo fue aprobada mediante Resolución 305 del 26 de septiembre de 2024 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la transferencia objeto del acuerdo referenciado implica el traspaso respecto a la regulación, control y fiscalización del servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas: 4, 6, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132, 151”.

“Corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la fijación de las tarifas, compensaciones y/o subsidios, la planificación, implementación y ejecución de los servicios, la determinación de los recorridos, frecuencias, horarios, modalidades, parque móvil y cualquier otro parámetro operativo que implique una modificación en la oferta del servicio; Que por conducto de la Resolución 41/SECT/25 se creó el Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (R.U.T.A.P.), el cual funciona en la órbita de esta Secretaría de Transporte, en el que se deben inscribir las empresas explotantes de los servicios y se deben registrar los vehículos que se afecten a los servicios”, resaltan fuentes oficiales.

Redacción

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