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miércoles, junio 25, 2025

Don Otto SA ganó la licitación y operará el centro de esquí Chapelco

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Fue  la mejor oferta y quedó confirmada a través del decreto 715/25. Se ocupará de la explotación, inversión y mantenimiento del centro de esquí por 25 años.

El gobierno de la provincia del Neuquén confirmó la adjudicación de la concesión por 25 años -con opción a 5 más- del centro de esquí y complejo Chapelco a la empresa Transportes de Don Otto SA.  Lo hizo a través del decreto 715/25, que llevó la firma de todos los ministros del gabinete.

La comisión preadjudicadora, correspondiente a la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº1/2025, destinada a la concesión de la explotación, inversión y mantenimiento del Centro de Esquí y Complejo Chapelco, ubicado en San Martín de los Andes, estuvo integrada por representantes de distintas áreas del Ejecutivo provincial y municipal.

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De la compulsa había participado, además de la empresa Transporte Don Otto, del grupo Trappa; Plumas Verdes SA; UTE: Desarrollos del Norte SA/S+R Gestión de Negocios SA/Isella Constantini/Casanova.

Durante la apertura de sobres, el gobernador Rolando Figueroa destacó la relevancia del Cerro Chapelco como motor del turismo para San Martín de los Andes y para toda la provincia, y agradeció la confianza de los inversores: “Era evidente que el cerro necesitaba un cambio, y ese cambio llega de la mano de más transparencia”.

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Luego del correspondiente análisis, la comisión había preadjudicado la concesión a la firma Transportes Don Otto S.A., al considerar que presentó la única oferta admisible, cumpliendo en todos sus términos con el Pliego de Bases y Condiciones y con un proyecto de inversión viable, ajustado a la normativa y a su situación económico-financiera.

El contrato

Dentro de los diez días de notificada la adjudicación, está templada la firma del contrato de concesión que incluye la explotación del centro de esquí con la infraestructura existente, edificios, maquinarias y equipos, junto con los medios de elevación, contempla la administración general de funcionamiento, reparación, mantenimiento y reposición, de los bienes muebles e inmuebles existentes, la planificación, control y registro de las operaciones que se desarrollen en el centro de esquí y complejo.
     
Establece además que la explotación de las áreas naturales rentables que pudieren generarse, y de todas las actividades comerciales existentes y/o a crearse en el futuro, que se deriven vinculadas con la actividad de montaña, en un todo de acuerdo con la normativa que regula y protege a las Áreas Naturales de la Provincia.

En otros puntos se establece la ejecución de las inversiones exigidas y las comprometidas, los trabajos, reparaciones/reemplazo y equipamiento, conforme lo estipulado en el pliego de especificaciones técnicas, todas ellas necesarias para el correcto funcionamiento de la explotación y desarrollo del Centro de Esquí y Complejo Chapelco.

Se hará cargo del equipamiento y bienes existentes, en las condiciones en que se encuentran. Será por 25 años, a contar desde la firma del contrato y con posibilidad de extenderlo por cinco años más. Al vencimiento del plazo acordado, el concesionario estará obligado a restituir a la Provincia, el Centro de Esquí y Complejo Chapelco, cedido en concesión, totalmente libre de ocupantes.

Como garantía se establece la ejecución y cumplimiento del contrato del 15 por ciento de las inversiones comprometidas sobre $60.157.460.423, resultando la garantía de ejecución y cumplimiento de contrato inicial en la suma total de $9.023.619.063,45 pesos.

Como dato destacado es que el concesionario asume la obligación de abonar, durante todo el plazo, un canon variable equivalente al dos por ciento de lo percibido anualmente neto de IVA por el total de la explotación incluyendo —pero no limitándose a — concesiones, subconcesiones, actividades, regalías, publicidad y contratos relacionados. A efectos del cómputo anual, se tomará el año comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de septiembre del año siguiente.

Además, incluye un canon fijo equivalente a tres mil trescientos pases diarios calculados al valor correspondiente a temporada alta (vacaciones de invierno) para no residentes. Este canon deberá ser abonado anualmente por el CONCESIONARIO, en partes iguales, mitad (1.650 pases) a la Comunidad originaria Lof Mapuche Vera y la otra mitad (1.650 pases) a la Comunidad originaria Mapuche Curruhuinca, con vencimiento de pago el día 15 de septiembre de cada año.

Redacción

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