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viernes, junio 27, 2025

El Gobierno elimina la autorización previa para importar productos médicos de bajo riesgo

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La medida alcanza al 70% de los insumos médicos importados y promete bajar costos. No hará falta intervención de ANMAT para clases I y II.

En un nuevo paso hacia la desregulación económica, el Gobierno nacional oficializó la eliminación de la autorización previa para la importación de productos médicos de bajo riesgo, comprendidos en las clases I y II, según lo dispuesto por la ANMAT en la Disposición 4446/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial.

La medida permitirá a las empresas habilitadas importar sin intervención previa de la autoridad sanitaria insumos de uso común como gasas, jeringas, termómetros digitales o incluso productos simples como apósitos y vendas, agilizando así los tiempos y costos operativos.

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Cambios clave: más agilidad, menos trámites

De ahora en más, las compañías solo deberán presentar un aviso de importación como declaración jurada en un plazo máximo de 48 horas posteriores a la nacionalización del producto, utilizando la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

El nuevo esquema representa una simplificación significativa, ya que alcanza a cerca del 70% del total de productos médicos importados en Argentina, de acuerdo a fuentes oficiales.

También quedarán exceptuadas de autorización previa las muestras para exhibición y materias primas destinadas a la industria médica.

“Hasta una curita requería autorización”

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó el impacto de la resolución al afirmar:

“Hasta ahora, importar incluso una curita requería autorización de la ANMAT. Esta normativa elimina barreras innecesarias sin comprometer la seguridad sanitaria”.

La norma forma parte del paquete de reformas que impulsa el Gobierno para modernizar el Estado y facilitar el comercio, especialmente en sectores sensibles como el sanitario.

¿Cuándo entra en vigencia?

La disposición entrará en vigencia 30 días después de su publicación, es decir, a fines de julio de 2025. A partir de entonces, las empresas deberán ajustar sus procesos logísticos y administrativos a la nueva modalidad de declaración simplificada.

Redacción

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