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martes, abril 29, 2025

El Gobierno impulsa la continuidad de Pablo López Viñals en la Corte

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El Gobierno de la Provincia de Salta oficializó este miércoles, mediante el Decreto Nº 215, el comienzo del procedimiento para cubrir la vacante que se generará en la Corte de Justicia tras el vencimiento del mandato del juez Pablo López Viñals. El Ejecutivo tiene la intención de postular nuevamente al magistrado para el cargo, en cumplimiento del artículo 156 de la Constitución Provincial.

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El Gobierno de la Provincia de Salta oficializó este miércoles, mediante el Decreto Nº 215, el comienzo del procedimiento para cubrir la vacante que se generará en la Corte de Justicia tras el vencimiento del mandato del juez Pablo López Viñals. El Ejecutivo tiene la intención de postular nuevamente al magistrado para el cargo, en cumplimiento del artículo 156 de la Constitución Provincial.

Según establece la norma, los jueces de la Corte deben ser designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado, pero antes debe habilitarse un proceso participativo ciudadano. En ese marco, el decreto instruye al Ministerio de Seguridad y Justicia para que inicie el procedimiento contemplado en la Ley Nº 8311, que permite a los ciudadanos, colegios profesionales, asociaciones académicas y ONG expresar opiniones, observaciones o impugnaciones respecto al candidato propuesto.

“Es propósito del Poder Ejecutivo remitir oportunamente al Senado la propuesta para la designación del Dr. Pablo López Viñals”, señala el texto del decreto firmado por el gobernador Gustavo Sáenz, el ministro de Seguridad y Justicia, Gaspar Solá Usandivaras, y la secretaria general de la Gobernación, Matilde López Morillo.

El Dr. Pablo López Viñals, DNI Nº 17.354.405, ya formó parte del máximo tribunal salteño y, de obtener el aval legislativo, continuará su labor como integrante de la Corte de Justicia.

Mandatos por 10 años en la Corte de Justicia:

  • María Edith Nallim (a noviembre del 2033)
  • Teresa Ovejero (a 2034)
  • José Gabriel Chibán (al 12/08/32)

Redacción

Fuente: Leer artículo original

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