Dom, 18 enero, 2026
8.2 C
La Matanza

El Gobierno prorrogó la suspensión de contrataciones en el Estado: ¿qué cambia?

A través del Decreto 934/2025, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional prorrogó por un año la suspensión de contrataciones de personal en el Sector Público Nacional. El objetivo de la polémica medida es avanzar hacia un Estado “eficiente, eficaz y de calidad, dentro de los límites impuestos por un gasto público adecuado a mantener el equilibrio fiscal”.

La resolución alcanza, primeramente, a las “designaciones a término” en las “Plantas Transitorias” previstas en el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. También menciona a las contrataciones destinadas a “la prestación de servicios profesionales autónomos” previstos por el Decreto N° 1.109 de 2017.

Además, prohíbe las contrataciones inscriptas en el artículo 9° del anexo a la Ley N° 25.164, conocida como Ley Marco del Empleo Público. Asimismo, se suspenden las altas “por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual”, previstas en los artículos 90, 92 ter, 93 y 99, respectivamente, de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.

La normativa también incluye las contrataciones relacionadas con “la prestación de servicios profesionales” vinculadas a designaciones transitorias en cargos simples de planta permanente, como a aquellas que involucran a personal con o sin relación de dependencia. Esto en cualquier modalidad, ya sea estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.

Qué cambios se fijaron

No obstante, con la prórroga de la suspensión de contrataciones, se establecieron algunos cambios. “Las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional podrán disponer solo, para las designaciones o contrataciones no comprendidas en el artículo 2°, de un (1) alta en el supuesto de que informe dos (2) bajas de personal”, cualquier causal”, se precisó.

De esta forma, se podrá incorporar a un trabajador si se despide a dos, en lugar de tres, como marcaba el decreto anterior. En este sentido, se mencionan casos de “renuncia, jubilación, desvinculación y cancelación de designaciones transitorias” en “cargos simples de Planta Permanente y Plantas Transitorias”.

Qué excepciones se contemplan

  • Personal de universidades.
  • Cuerpo de Guardaparques Nacionales.
  • Sistema Nacional del Manejo de Fuego.
  • Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales.
  • Personal de Institutos de Investigación y Producción del Ministerio de Salud.
  • Servicio Penitenciario Federal.
  • Fuerzas Armadas y de Seguridad.
  • Artistas, profesionales y técnicos de la Secretaría de Cultura de la Nación.

Redacción

Fuente: Leer artículo original

Desde Vive multimedio digital de comunicación y webs de ciudades claves de Argentina y el mundo; difundimos y potenciamos autores y otros medios indistintos de comunicación. Asimismo generamos nuestras propias creaciones e investigaciones periodísticas para el servicio de los lectores.

Sugerimos leer la fuente y ampliar con el link de arriba para acceder al origen de la nota.

 

Drama en Comodoro Rivadavia: El derrumbe de un cerro arrasó con viviendas y hay 90 evacuados

Lo que se temía como una "bomba de tiempo" finalmente explotó en la madrugada de este domingo 18 de...

Una abogada argentina fue filmada haciendo gestos racistas en Brasil: quedó detenida y deberá usar tobillera electrónica

Agostina Paez es una abogada e influencer argentina de 29 años que quedó en la mira de la Justicia...

La hermana del campeón del mundo Marcos «Huevo» Acuña lleva más de 24 horas desaparecida: intensa búsqueda en Neuquén

La familia de Marcos Acuña, el jugador de River y campeón del mundo en Qatar 2022, vive momentos de...
- Advertisement -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí