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Lo dipuso el juez en lo Criminal Fernando Caunedo, quien rechazó un pedido de la defensa Fernando Espinoza para dictar el sobreseimiento.
El juez en lo Criminal Fernando Caunedo dipuso este martes elevar a juicio oral la causa contra intendente de La Matanza Fernando Espinoza por presunto «abuso sexual y desobediencia», tras rechazar un pedido de su defensa para dictar el sobreseimiento y el pronunciamiento en contra de dos fiscales.
El magistrado dio por clausurada la investigación y remitió a sorteo de Tribunal Oral el expediente por presunto abuso a Melody Jacqueline Rakauskas.
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En su reosluciòn, el magistrado sostuvo: «No obstante el esfuerzo de la defensa en desacreditar a la querellante, y el extenso escrito presentado para reclamar el sobreseimiento del imputado, haciéndose eco de las peticiones coincidentes de ambos fiscales; encuentro inadmisible el cierre anormal del proceso que propone en esta etapa crítica, e improcedente la revisión del caso que de mí se pretende, en sustitución de la discusión que debe darse en un juicio oral y público, como ha previsto el legislador y pide la querellante».
Espinoza fue enviado a juicio por presuntamente «haber abusado sexualmente mediante tocamientos en el cuerpo de Melody Jacqueline Rakauskas, quien se desempeñaba como secretaria privada de la intendencia del partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, en el interior del departamento donde se domiciliaba la referida, sito en la avenida Juan de Garay 492 5° piso “B” de esta ciudad, el día 10 de mayo de 2021, a partir de las 21.30 horas».
«En efecto, en la fecha y hora indicadas, el imputado, intendente del referido municipio y en ese entonces superior jerárquico de la víctima, se presentó en el lugar luego de referirle previamente que quería cenar con ella para conversar sobre su trabajo», según el requerimiento de elevación a juicio firmado hoy por el juez.
Al enviar el caso a juicio, Caunedo evaluó que es en la etapa de debate oral donde «se debe adoptar una decisión definitiva en el caso, tras una instrucción regularmente cumplida, de acuerdo al desarrollo efectuado al reseñar el trámite procesal«.
«A modo de síntesis, cabe destacar que la controversia se ciñe a la credibilidad del discurso de la querellante, como única prueba directa del abuso sexual denunciado, por cierto negado por el imputado, cuyo descargo ha quedado parcialmente desvirtuado con evidencias objetivas, que respaldan su presencia en el lugar al momento del hecho investigado», analizó.
«La credibilidad de una u otra versión mejor podrá apreciarse en un juicio oral, merced a las ventajas que presenta la inmediación con las partes y el tribunal, en un contradictorio pleno y con igualdad de armas», concluyó.
Espinoza también fue enviado a juicio por «haber desobedecido el 1º de julio de 2021, en horas de la tarde» una prohibición de acercamiento a la denunciante.
A lo largo de su resolución, el magistrado advirtió que el sistema de justicia tiene el deber de poner su » máximo esfuerzo para su investigación y juzgamiento, conforme a la política de estado en protección de la mujer, siguiendo compromisos internacionales de la Argentina frente a la comunidad de naciones, y a la legislación interna dictada en consecuencia».