Barcelona
Ocho votos contra uno. El jurado popular ha declarado culpable a un ciudadano británico de la muerte “violenta e intencionada” de otro hombre de 38 años en una masía de Vallgorguina, en febrero de 2023, durante una sesión de ‘chemsex’.
En la lectura del veredicto que se ha hecho hoy en la Audiencia de Barcelona se ha recordado que el acusado, apenas dos días antes de cometer el crimen en Vallgorguina, quedí cin otro hombre en Londres para realizar las mismas prácticas sexuales y consumir idénticas sustancias: GHB y metanfetaminas.
El jurado popular considera probado que tras consumir estas drogas, el homicida “decía escuchar ruidos, mostraba temor y llegó a confundir a la persona que se hallaba con él con otra distinta, convencido de que había alguien más observándolos” y que, a raíz de este comportamiento, la que fue su pareja sexual le envió varios mensajes al día siguiente advirtiéndole expresamente de los riesgos de volver a consumir.
La víctima también advirtió al acusado del miedo que le producía que actuara de forma agresiva si volvía a sentirse confundido o asustado, empleando como ejemplo el de un cuchillo para referirse a la posibilidad de que reaccionara con violencia, por lo que el acusado era “plenamente consciente de los riesgos que dicho consumo comportaba”.
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La repetición de este mismo comportamiento en un intervalo tan breve de tiempo demuestra, a juicio del jurado, que el suceso de Vallgorguina “no fue una reacción inesperada al consumo” sino que el condenado conocía los efectos que le provocaban las drogas y las volvió a consumir, aceptando por tanto el eventual resultado.
El jurado también considerado probado por unanimidad que el acusado atacó con “absoluta desproporción” a la víctima, que no tuvo posibilidad defenderse y rechaza que el acusado sufriera alguna ataque por parte de la víctima. Para ello han tenido en cuenta la declaración del médico que le realizó una exploración, que constató que no había indicios de agresión física ni pelea.
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Sobre la declaración del acusado, que explicó que creía que la víctima se estaba comunicando con gente en el exterior y que tuvo miedo a una agresión sexual, el jurado considera probado que “no había nadie” fuera de la masía, como así constatan las cámaras del exterior.
También rechaza que la víctima hubiese drogado al acusado en contra de su voluntad.
En sus conclusiones definitivas, el Ministerio Fiscal solicitó, al igual que la acusación particular, 20 años de cárcel para el a el acusado por un delito de asesinato con alevosía sin atenuantes, además de 5 años de libertad vigilada.
En concepto de responsabilidad civil, solicitó que indemnizara a la hija del fallecido con 400.000 euros. a sus padres con 50.000 euros a cada uno, a cada uno de los dos hermanos con 30.000 euros y a la exmujer con 7.000 euros.
La acusación particular ha pedido que no se apliquen circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y que la pena sea de 20 años.





