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El TSJC revoca el primer reglamento de 2019 que limitaba las VTC

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado varios puntos del primer reglamento aprobado por el Área Metropolitana de Barcelona que fijaba los límites de actuación de los Vehículos de Turismos con Conductor (VTC) por considerarlos discriminatorios. Aunque el reglamento ya no está en vigor, el tribunal emite su veredicto sobre una cuestión que sigue alimentando un conflicto no resuelto y que desencadenó la denominada guerra del taxi. Los jueces estiman parcialmente el recurso presentado por la Agencia Catalana de la Competencia y anula tres puntos del reglamento que regulaba el funcionamiento de las VTC con relación al taxi y que fue aprobado por la AMB en junio de 2019, cuando Ada Colau ejercía la presidencia de la corporación.

La sentencia considera que el tiempo de 60 minutos que imponía dicho reglamento para precontratar un servicio de VTC era discriminatorio. Todas las sentencias posteriores también se han expresado en el mismo sentido señalando que el establecimiento de un tiempo previo para solicitar un coche es abusivo.

Los jueces anulan tres puntos del primer texto que regía el funcionamiento del transporte de viajeros con conductor

Aquel primer reglamento fijaba unas condiciones a las VTC. La principal era que no se podía solicitar el servicio de un Uber, un Cabify o un Bolt con menos de una hora de antelación. La sentencia considera que dicha condición “vulnera el derecho constitucional de la libertad de empresa”. La norma también prohibía la geolocalización de los coches, condición que los jueces también han desestimado. El reglamento decía que “no se podía implantar ni practicar la geolocalización que permite a los clientes situar con carácter previo a la contratación los vehículos” y solo se podía consultar la geolocalización del vehículo una vez contratado el servicio. La sentencia anula este punto al considerarlo incompatible con la libertad de empresa esgrimiendo que “la posibilidad de que los usuarios conozcan la localización de los vehículos disponibles de una plataforma antes de su contratación redunda en beneficio de los consumidores en la medida en que les permite utilizar esta tecnología para identificar, entre los diferentes proveedores, aquel que ofrece el menor tiempo de espera”. Y por último, el tercer punto del reglamento anulado es el referente a las horas máximas de prestación del servicio de los conductores. El reglamento imponía un máximo de 10 horas a las VTC. El tribunal considera ese horario “inadmisible” por cuanto ese plazo de 10 horas en el sector del taxi aparece como mínimo.

La futura ley del taxi está pendiente de tramitación en el Parlament. El Govern aprobó en septiembre un proyecto de ley que establecía nuevas condiciones a las VTC: solo se les permitirá hacer trayectos interurbanos, fuera del área metropolitana, y no podrán recoger clientes en la calle. Las VTC anunciaron que recurrirán a los tribunales y denuncian que la nueva ley los aboca a la desaparición.

Redacción

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