Un juez dictó una medida cautelar que impide al Gobierno nacional suspender o eliminar programas sociales a beneficiarios que participen en manifestaciones. La decisión, tomada por el magistrado Martín Cormick, frena la aplicación de una medida impulsada por el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Capital Humano, que establecía que quienes interrumpieran la circulación pública perderían el acceso a los programas «Volver al Trabajo» y «Acompañamiento Social».
El fallo responde a un amparo colectivo presentado por la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), que argumentó que la resolución gubernamental vulnera el derecho a la defensa y puede generar un «daño irreparable» a personas en situación de vulnerabilidad. Según el juez, la norma impugnada «atenta contra el derecho a ser oído» y no cumple con los principios del debido proceso.
Desde el inicio de la actual gestión, el Gobierno había endurecido su postura contra las manifestaciones, con advertencias en estaciones de trenes y colectivos que indicaban que «el que corta no cobra». Esto derivó en la resolución ministerial que permitía suspender automáticamente el pago a quienes participaran en protestas, argumentando que generaban desorden público.
El magistrado consideró que estas disposiciones presentan «indicios de ilegitimidad», ya que no se puede revocar un beneficio social sin garantizar a los afectados la posibilidad de defensa. La medida cautelar frena temporalmente la aplicación de estas sanciones, aunque el debate de fondo sobre la legalidad de la resolución gubernamental aún está pendiente.