El Gobierno nacional aprobó, este lunes, el nuevo índice combinado que se utilizará para actualizar las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia que terminen su trabajo desde el próximo 30 de noviembre. Fue a través de la Disposición 29/2025 de la Subsecretaría de Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano.
El índice surge del artículo 2 de la Ley Nº 26.417, que fue sustituido por el artículo 4 de la Ley Nº 27.609. Esta legislación dispone una actualización trimestral que está basada en un promedio entre la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y el índice de movilidad, fijado por la Ley Nº 27.260.
De acuerdo a la resolución, el nuevo índice combinado se tendrá en cuenta “para la actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen su labor desde el 30 de noviembre de 2025º soliciten su beneficio (jubilación) desde el 1 de diciembre de 2025”.
La cifra determinará el haber inicial de las nuevas jubilaciones, ya que actualizará los salarios históricos de cada trabajador antes de calcular el promedio que sirve como base para la jubilación. El objetivo del Gobierno sería reflejar con más precisión la evolución de los ingresos durante la vida laboral y garantizar un cálculo más equitativo.
Cómo están las jubilaciones
Este mes, los jubilados y los pensionados percibirán el aumento de 2,1 por ciento, concordante con el Índice de Precios al Consumidor de junio que informó el INDEC. Esto porque la movilidad jubilatoria del Gobierno se calcula en base al mismo dígito de la inflación, pero con dos meses de rezago.
Además, se otorgará el bono de 70.000 pesos, cuyo monto está congelado desde marzo del año pasado. De esta forma, la jubilación mínima será de 403.150,64 pesos, mientras que la jubilación máxima llegará a los 2.241.568,43 pesos. Por su parte, la Pensión Universal para el Adulto Mayor ascenderá a 336.520,51 pesos, y la Pensión no contributiva, a 303.205,45.





