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sábado, julio 5, 2025

Gobierno de Orsi envió proyecto de medidas para frontera con Brasil y «nacimiento de instrumento de incentivo»

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Redacción El País
El gobierno de Yamandú Orsi envió al Poder Legislativo el proyecto de ley con medidas para paliar la situación en la frontera a raíz de la brecha de precios con Brasil. «Tales diferencias pueden generar efectos sustantivos sobre la competitividad, el consumo interno, el empleo, el comercio en zonas de frontera y su correspondiente formalización», señala la exposición de motivos. Las medidas incluyen rebaja de IVA en compras, exoneración de parte de los aportes en contrataciones de trabajadores y un régimen simplificado de importación para pequeños comercios. Una de las medidas, no requiere ley y es la ampliación de la reducción del Imesi a las naftas de 24% a 32% en la frontera con Brasil. Actualmente rige la rebaja, pero se aumentará en ocho puntos porcentuales a 32% del precio de venta al público, cuando el pago se realice con un medio electrónico.

El proyecto de ley no lo establece, pero el subsecretario de Economía y Finanzas, Martín Vallcorba había estimado en US$ 6 millones el costo fiscal de las medidas, en declaraciones a El País el pasado 5 de junio.

La exposición de motivos del proyecto indica que «se propone la creación de un marco normativo que faculte al Poder Ejecutivo a instrumentar respuestas adecuadas y de carácter transitorio, cuando se constate la existencia de brechas de precios que afecten el normal desenvolvimiento de la actividad económica y social en las zonas fronterizas del país». Es decir, el proyecto de ley deja la posibilidad al Poder Ejecutivo de acudir a estas medidas sin necesidad de nuevas leyes.

«Dicho marco normativo contiene tres tipos de medidas: la instrumentación de un régimen especial de comercio de frontera, la exoneración de aportes jubilatorios patronales a nuevos empleos, y la reducción del Impuesto al Valor Agregado, las cuales podrían instrumentarse conjuntamente o en forma individual, en ambas fronteras o sólo en una de ellas, según las necesidades coyunturales que surjan de acuerdo con la evolución de los precios relativos», añade.

El artículo 14 del proyecto de ley «establece limitaciones a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo, disponiendo que podrán ser ejercidas siempre que existan diferencias de precios relativos entre nuestro país y los países limítrofes, con el objetivo de compensar o mitigar los mayores precios vigentes internamente. A los efectos de realizar dicha comparación se dispone que también deberán tomarse en consideración los costos vinculados a las transacciones u otros parámetros relevantes».

Régimen simplificado de importación

«El comercio de frontera se plantea como un desafío regulatorío a la hora de enfrentar las asimetrías económicas de las zonas limítrofes. Dos soberanías próximas, con realidades comerciales bien distintas, y una población que reclama la consideración de circunstancias ajenas para su subsistencia», expresa la exposición de motivos del proyecto.

«Esa realidad coyuntural debe ser atendida, para dotar de condiciones viables al comercio y, en especial, para buscar mecanismos disuasivos para el ingreso ilegítimo de las mercaderías. Al mismo tiempo, es fundamental atender al consumidor en sus necesidades más básicas, planteando mejores condiciones de acceso a ciertos productos de consumo», agrega.

«Para dar respuesta a esta realidad es que se propone un procedimiento aduanero simplificado, exonerado de todo tributo y paratributo, en virtud del cual las micro, pequeñas y medianas empresas cuyo giro sea comercio al por menor podrán importar, enajenar y comercializar ciertos productos, de acuerdo a las condiciones y términos que establezca el Poder Ejecutivo, siempre que se cumplan simultáneamente determinadas condiciones», explica.

«En este orden, y bajo la premisa de dotar de simplicidad, fluidez y evitar costos a la operación aduanera, es que no se exigirá documentación alguna referente a las intervenciones de organismos de control aplicables en consideración a la mercadería que se importa», añade.

«Se ha detectado una gran cantidad de exigencias documentales relativas a la comercialización de productos en el territorio que no aportan controles reales, sino duplicidad de exigencias en el ámbito del Mercosur», indica el gobierno.

«El Poder Ejecutivo quedará facultado a determinar el alcance de la zona, estableciendo los limites en que deberán estar instaladas esas empresas para poder acceder a este procedimiento», agrega.

Puente Maua
Puente Maua, frontera de Uruguay con Brasil.

Foto: Archivo El País

«En línea con el objetivo de reducción a su máxima expresión de los costos asociados a la importación bajo este procedimiento es que se incorpora al artículo 15 de la ley N° 19.276, Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay de 19 de setiembre de 2014, un literal más, excluyendo de este modo la intervención preceptiva del despachante de aduanas para esta operativa», explica.

«Tomando en consideración que este procedimiento configura un régimen de exención que debe tener límites claros en su configuración, es que la nómina de productos se establecerá por el Ministerio de Economía y Finanzas«, agrega.

Lo más relevante de esta medida, es que el gobierno se propone que sea un nuevo instrumento de política. «De este modo, se busca dar nacimiento a un instrumento de incentivo y promoción para las micro, pequeñas y medianas empresas cuyo giro sea comercio al por menor, que deben afrontar las dificultades propias de competir con mercados tan cercanos y más atractivos», indica.

Vallcorba había dicho a El País que «de lo que se trata es que estos pequeños y medianos comercios puedan importar estos productos directamente del lado brasileño, comprándolos a mayoristas y por lo tanto al precio mayorista en Brasil, y eso les permitiría poder venderlos a un precio análogo al que existe del otro lado de la frontera».

Exoneración de aportes patronales

En cuanto a la exoneración de aportes patronales a nuevas contrataciones en zonas fronterizas, «tiene por objetivo fomentar la formalización del empleo y promover la generación de nuevos puestos de trabajo en zonas de frontera, a través de un incentivo económico directo a las empresas para la contratación de nuevos trabajadores dependientes formales», explica el proyecto.

«El alcance territorial de la medida se focaliza en aquellas empresas que desarrollen su actividad en un radio máximo de 60 kilómetros de los pasos de frontera terrestre y el personal dependiente correspondiente se encuentre afectado exclusivamente a locales que se encuentren dentro de las zonas geográficas definidas», indica.

«La disposición faculta al Poder Ejecutivo a exonerar hasta el 75% del aporte patronal jubilatorio al Banco de Previsión Social (BPS) para los nuevos puestos de trabajo dependiente que se creen en empresas de determinados giros económicos», establece el proyecto de ley.

«El diseño de la medida se orienta a empresas con actividad en giros relevantes para la dinámica fronteriza, incluyendo sectores de servicios, industria manufacturera, comercio al por menor, minería, alojamiento y servicios de comida, actividades administrativas y servicios de apoyo, artes, entretenimiento y recreación, y otras actividades de servicio», añade.

A su vez, señala que «el beneficio se aplicará exclusivamente sobre el incremento neto de empleos respecto al promedio de personal ocupado registrado en los seis meses anteriores a la entrada en vigor del beneficio, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. Esto evita la sustitución de personal existente por nuevas contrataciones con exoneración».

Gabriel Oddone en conferencia de prensa
Gabriel Oddone en conferencia de prensa

Foto: Darwin Borrelli

Rebaja de IVA para ciertos productos

«En igual sentido que las disposiciones anteriores, y con el propósito de estimular la adquisición de bienes de consumo en comercios al por menor que se encuentren ubicados en un radio máximo de 20 kilómetros de los pasos de frontera terrestre, se propone facultar al Poder Ejecutivo a disponer la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con relación a los giros que determine la reglamentación», señala la exposición de motivos del proyecto. El gobierno ya adelantó que se eliminará el IVA mínimo (en aquellos productos gravados con esa tasa) y se reducirá el 50% de la tasa básica de IVA (a 11%).

«Con el objeto de evitar la deslocalización inapropiada de las adquisiciones de los referidos bienes, se condiciona dicha reducción a que la entrega de los bienes sea efectuada en el propio local comercial, los adquirentes sean consumidores finales y el pago se materialice presencialmente en el propio local comercial mediante tarjetas de débito, instrumentos de dinero electrónico u otros instrumentos análogos que se determinen», explica.

«Complementando las condiciones en las cuales operaría la reducción del impuesto, se establecen limitaciones cuantitativas para el acceso al beneficio, tanto en relación a cada operación de compra en particular como para el conjunto de operaciones mensuales», establece.

En ese sentido, el proyecto expresa que «el monto de la operación no supere el equivalente a 2.000 Unidades Indexadas (UI, unos $ 12.734,20)» y que «el monto de las operaciones mensuales alcanzadas por esta reducción no podrá superar el equivalente a 10.000 UI ($ 63.671), de acuerdo a lo que establezca la reglamentación».

La exposición de motivos expresa que «también se recogen disposiciones análogas de orden legal que se han venido aplicando sin dificultades con relación a la reducción de dos puntos porcentuales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) prevista en la ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014».

Además, «se establece un régimen sancionatorio para el enajenante en caso de la aplicación inadecuada del régimen de reducción del impuesto, y se encomienda a las administradoras de redes de terminales de procesamiento electrónico de pagos (POS) no procesar el crédito fiscal correspondiente en caso que la utilización de dichas terminales se realice fuera del local comercial».

«Por último, se agrega un artículo con la finalidad de evitar la superposición de regímenes de reducción del IVA, disponiéndose que deberá aplicarse la que otorga un mayor beneficio», agrega.

Redacción

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