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domingo, mayo 11, 2025

Guatemala debe brindar reparación a los Pueblos Maya

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Guatemala debe brindar reparación a los Pueblos Maya

El Comité de Derechos Humanos de la ONU* declaró a Guatemala responsable por no implementar acuerdos de reasentamiento y otras medidas de reparación alcanzados con miembros del Pueblo Maya K’iche’, Maya Ixil y Maya Kaqchikel por su continuo desplazamiento forzado.

Los 269 miembros de dichos Pueblos que fueron desplazados forzosamente de sus comunidades durante las operaciones de tierra arrasada del conflicto armado interno de la década de 1980, acudieron al Comité en 2021 en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alegando violación a sus derechos.

A pesar de que las víctimas habían acordado con Guatemala en 2011 una serie de medidas de reparación en el marco del Programa Nacional de Resarcimiento, dichas medidas, que incluían el reasentamiento y la construcción de viviendas alternativas, nunca se implementaron.

«El desplazamiento forzado es de naturaleza continua hasta que las víctimas se beneficien de un retorno seguro y digno a su lugar de residencia habitual o sean reasentadas voluntariamente en otro lugar», dijo Hélène Tigroudja, miembro del Comité.

Desarraigo y despojo de la identidad

Según un comunicado difundido este jueves, el Comité concluyó en su decisión que las víctimas fueron desarraigadas violentamente de sus territorios tradicionales y obligadas a buscar refugio en la capital, en violación de su derecho contenido en el artículo 12 del Pacto. En un entorno cultural ajeno al propio también se vieron obligados a ocultar y, en última instancia, cambiar sus identidades, lo que conlleva también violación del artículo 27 del mismo.

«El desarraigo de las víctimas de sus territorios tradicionales tuvo un impacto profundamente devastador y duradero, ya que fueron despojadas irremediablemente de su identidad cultural», dijo Tigroudja.

«Tuvieron que abandonar sus prácticas culturales, dejar de usar sus vestimentas tradicionales y dejar de hablar su idioma, lo que también constituye una pérdida irreparable para sus hijos y nietos«, agregó.

Trauma intergeneracional

El Comité también consideró que el Estado no solamente violó los derechos de las personas que fueron desplazadas forzosamente, sino también de los niños de tercera generación nacidos estando sus comunidades aún desplazadas, a quienes se les transmitió el trauma de los hechos violentos y del desplazamiento. 

En su decisión, el Comité también destacó que la violencia de las operaciones de tierra arrasada y el desplazamiento forzado asociado provocaron que las víctimas tuvieran que dejar atrás los cuerpos de sus familiares. Por ende, no pudieron enterrar a sus familiares, ejecutados o desaparecidos, siguiendo sus rituales funerarios, en violación de su derecho a no ser sometidos a tortura ni a tratos inhumanos, protegido por el artículo 7 del Pacto.  

«En la cultura maya, no realizar los ritos funerarios se considera una transgresión moral profunda que puede conducir a enfermedades espirituales que pueden manifestarse en enfermedades físicas y afectar a todo el linaje», agregó Tigroudja.

«Llevar a cabo dichas ceremonias y rituales es parte integral del respeto a la integridad física, moral y espiritual de los miembros de las comunidades, así como de las comunidades en su conjunto», dijo.

Guatemala debe reparar

El Comité solicitó a Guatemala que buscara y entregara a las víctimas los restos de sus familiares desaparecidos para que pudieran realizar los rituales funerarios de acuerdo con sus culturas.

También pidió que construya las viviendas acordadas; que proporcione a las víctimas el tratamiento médico necesario; becas para estudiar, si así lo desean; y que realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad en el que pidiera perdón por las violaciones encontradas. También solicitó a las autoridades que traduzcan la decisión a los idiomas maya k’iche’, maya ixil y maya kaqchikel.

* El Comité de Derechos Humanos de la ONU  supervisa la adhesión de los Estados Partes al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Comité está integrado por 18 miembros que son expertos independientes en derechos humanos procedentes de todo el mundo, que actúan a título personal y no como representantes de los Estados Partes. El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos permite a los particulares presentar denuncias contra los 116 Estados Partes por violaciones de sus derechos consagrados en el Pacto. El Protocolo Facultativo impone a los Estados Partes la obligación jurídica internacional de cumplir de buena fe los dictámenes del Comité. 

Redacción

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