El Tribunal de Impugnación revocó la decisión del juez Luis Giorgetti, que había limitado un operativo por microtráfico hasta las 22 horas al declarar inconstitucional la ley 3517. Los magistrados aclararon que los allanamientos nocturnos ya están contemplados en el Código Procesal Penal en casos graves o urgentes.
El Tribunal de Impugnación de Neuquén declaró nula la resolución del juez de garantías Luis Giorgetti, quien había restringido un allanamiento por microtráfico hasta las 22 horas tras considerar inconstitucional la Ley 3517, que habilita los procedimientos nocturnos.
La fiscalía había solicitado realizar el allanamiento durante la noche, pero el magistrado lo limitó apoyándose en el artículo 67 de la Constitución provincial, que fija la franja horaria entre las 7 y las 19. Sin embargo, el artículo 143 del Código Procesal Penal habilita excepciones en casos graves o urgentes.
Ante la impugnación, los jueces Andrés Repetto, Richard Trincheri y Nazareno Eulogio analizaron primero si correspondía tratar el planteo sin la presencia de un defensor. Por mayoría, Repetto y Eulogio resolvieron avanzar al tratarse de una medida intrusiva que debe ejecutarse sin previo aviso para no perder eficacia. Trincheri, en minoría, sostuvo que el sistema adversarial exige escuchar a ambas partes.
En cuanto al fondo, el tribunal resolvió por unanimidad que la decisión de Giorgetti era contradictoria, ya que declaraba inconstitucional la ley 3517 y, al mismo tiempo, habilitaba el allanamiento fuera del horario constitucional. Además, los jueces remarcaron que los magistrados solo deben pronunciarse sobre la constitucionalidad de una norma ante un caso concreto, y no de manera abstracta.
El Tribunal aclaró que la Ley 3517 no resulta inconstitucional, aunque sí innecesaria y confusa, dado que el Código Procesal Penal ya contempla la posibilidad de allanamientos nocturnos en casos de microtráfico grave o urgente. Por eso, resolvió habilitar el operativo sin restricción de horario.
Finalmente, sobre la presencia del fiscal en el procedimiento, Repetto y Eulogio consideraron que no era necesaria por los riesgos que implica para quienes no son personal entrenado, mientras que Trincheri votó en disidencia al sostener que la ley prevé el control fiscal.
Con esta decisión, el Tribunal de Impugnación sentó un precedente sobre los allanamientos nocturnos en Neuquén, reforzando la validez de los procedimientos en investigaciones vinculadas al narcotráfico.