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martes, agosto 5, 2025

Justicia confirma condena con prisión para empresario que mató a sus dos socios en Empalme Olmos

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Se rechazó la sustitución de la pena por prisión domiciliaria, subrayando que «la edad por sí sola no justifica el beneficio, especialmente en delitos graves como el doble homicidio».

Doble homicidio en una fabrica de ladrillos en Empalme Olmos
Doble homicidio en una fabrica de ladrillos en Empalme Olmos.

Foto: Francisco Flores/Archivo El País.

Redacción El País
La Justicia confirmó la condena para Humberto Radiccioni, empresario condenado por el doble homicidio de sus dos socios de una fábrica de ladrillos, ocurrido en setiembre de 2023 en Empalme Olmos (Canelones).

En febrero de 2025, el hombre había sido condenado como «autor penalmente responsable de un delito de homicidio especialmente agravado a título de dolo directo a la pena de 20 años de penitenciaría, de cumplimiento efectivo».

La defensa de Radiccioni apeló el fallo buscando que se recalificara el caso como homicidio simple, lo que habría reducido sustancialmente la pena, y solicitaba además prisión domiciliaria debido a la avanzada edad y problemas de salud del condenado, según informó Fiscalía.

Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones en lo penal de tercer turno rechazó el planteo y confirmó la condena de Radiccioni por el asesinato de sus socios, ocurrido el 21 de septiembre de 2023 en una fábrica en Empalme Olmos.

El Tribunal estableció, por mayoría, que se trató de «dos homicidios en reiteración real» y redujo la pena de primera instancia de 20 a 19 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

Doble homicidio en una fabrica de ladrillos en Empalme Olmos
Nota por doble homicidio en una fabrica de ladrillos en Empalme Olmos, hombre asesina a sus dos socios tras discusion por deudas, deartamento de Canelones, ND 20240305, foto Francisco Flores – Archivo El Pais

Francisco Flores/Archivo El Pais

El caso

Según la investigación, el sentenciado se presentó armado en la oficina donde trabajaban las víctimas. Tras una discusión, efectuó varios disparos a corta distancia contra ambas personas, dirigiéndose a zonas vitales. La secuencia fue captada por cámaras de seguridad y dejó a una de las víctimas con vida durante algunos segundos, tiempo suficiente para llamar al 911 antes de fallecer. El empresario confesó el hecho a la policía, alegando problemas económicos y laborales con sus socios.

Los informes médicos confirmaron que el sentenciado padece hipertensión arterial, cataratas y síndrome parkinsoniano, lo que implica requerimientos especiales en su alojamiento. No obstante, el Tribunal entendió que la Unidad Nº 1 de Punta de Rieles cuenta con las instalaciones y el personal médico necesarios para atender sus patologías.

Por ello, desestimó la sustitución de la pena por prisión domiciliaria, subrayando que «la edad por sí sola no justifica el beneficio, especialmente en delitos graves como el doble homicidio».

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