Según la normativa, los contribuyentes encuadrados en las tres categorías más bajas del Régimen Simplificado accederán a una bonificación del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) oficializó un nuevo beneficio fiscal para pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollan actividades de prestación de servicios en la Ciudad de Buenos Aires.
A través de la Resolución N.º 28/AGIP/26, el organismo reglamentó la aplicación del artículo 180 bis del Código Fiscal, incorporado recientemente por la Legislatura porteña, que establece importantes bonificaciones en el tributo para los contribuyentes de menor escala.
Según la normativa, los contribuyentes encuadrados en las tres categorías más bajas del Régimen Simplificado accederán a una bonificación del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. En tanto, quienes se encuentren en las cinco categorías siguientes, también de menor base imponible, recibirán una reducción del 75%.
El beneficio será otorgado de manera automática, sin necesidad de realizar trámites adicionales, siempre que la actividad económica principal del contribuyente sea la prestación de servicios y que no registre deudas en el impuesto.
Desde AGIP señalaron que la medida se enmarca en el proceso de actualización del Régimen Simplificado, iniciado con la Resolución N.º 559-AGIP/25, y tiene como objetivo facilitar el cumplimiento tributario y aliviar la carga fiscal de los pequeños prestadores de servicios, como profesionales, trabajadores independientes y microemprendedores.
La resolución fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad y ya se encuentra vigente. Asimismo, fue comunicada a las áreas técnicas y de control del organismo para su correcta implementación.
Con esta iniciativa, el Gobierno porteño busca acompañar a los contribuyentes de menor escala, promoviendo la formalización de la actividad económica y fortaleciendo el desarrollo de los servicios en la Ciudad.




