Que un grupo muy jerarquizado de jueces nacionales se pronuncie explícitamente contra un fallo de la Corte Suprema no es algo frecuente y habla de la aversión que tienen esos magistrados ante la posibilidad de rendir cuentas ante la Justicia porteña.
Un plenario de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil aseguró que sus miembros piensan desconocer la orden de la Corte, que en diciembre dijo que deben enviar sus apelaciones al Tribunal Superior de la justicia porteña.
La Corte Suprema se reunirá este jueves, y en Tribunales no descartan que haya algún pronunciamiento que refuerce lo que ya dijeron los jueces a fin de año con respecto al Caso Levinas, que a su vez refleja lo que venía diciendo la Corte desde hace varios años: que los jueces de fueros nacionales tendrán como tribunal de alzada al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
En la Corte señalan que el pronunciamiento de la Cámara Civil, si bien es el resultado de lo discutido en un plenario del más numeroso de los cuatro cuerpos de jueces nacionales alcanzados por la decisión de la Corte en el Caso Levinas, no es más que una definición de carácter administrativo. “El pronunciamiento existe, pero es algo administrativo, no es un fallo judicial. Hasta ahora no hubo ninguna decisión judicial contraria a lo que dijo la Corte”, explicó a Clarín un funcionario que trabaja en La Corte Suprema.
En rigor, si la Cámara Civil se niega a enviar un expediente al Tribunal Superior de Justicia, esa causa llegará a la Corte Suprema, que, se supone, dirá lo mismo que dijo en el Caso Levinas, y girará el caso al tribunal porteño, como ya hizo con ese expediente a principios de este mes.
Ahora, a diferencia de lo que pasó en diciembre, cuando votó el hoy jubilado Juan Carlos Maqueda, la Corte tendrá que actuar con sólo tres jueces. Como Carlos Rosenkrantz votó en disidencia en aquel expediente, es posible que en una nueva decisión tengan que intervenir conjueces, que surgirán de las Cámaras Federales.
El choque entre el pronunciamiento administrativo de la Cámara Civil y un fallo de la Corte Suprema tiene un antecedente bastante cercano, y que da un indicio sobre cómo puede actuar la Corte Suprema en este caso.
En 2022, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (también afectada por el Fallo Levinas) firmó un acta en la que establecía un método para calcular las actualizaciones por intereses en los juicios laborales. Según esa acta de la Cámara, la 2764/2022, los intereses de una indemnización a un trabajador, por ejemplo, debían capitalizarse en forma periódica, un procedimiento que multiplicaba el monto que debía pagar una empresa en un juicio laboral.
Hace justo un año, la Corte anuló esa acta de la Cámara, y lo hizo al fallar sobre un caso particular. En febrero de 2024, en el Caso Oliva, la Corte revocó el cálculo de una indemnización y dejó sin efecto el acta de la Cámara del Trabajo que había hecho posible ese cálculo. Esa decisión, expresada por la Corte en un fallo, obligó a la Justicia laboral a cambiar el cálculo de los intereses que estaban haciendo en los juicios.