“Me quiero morir, no quiero estar más así”.
La adolescente de 17 años que denunció haber sido ingresada ilegalmente desde Bolivia a la Argentina con la identidad de su hermana gemela encontró justicia 10 años después en Córdoba, el mismo lugar donde fue esclavizada laboralmente.
En un juicio abreviado, el Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba capital, a cargo de Julián Falcucci, condenó a Marleni Mamani Cussi (34) a seis años y medio de prisión por los delitos de trabajo forzoso, tráfico ilegal de personas y facilitación de la permanencia ilegal de extranjeros (estos últimos agravados por tratarse la víctima de una menor de edad) en perjuicio de una joven que actualmente tiene 27 años.
Sucesos
Narcotráfico. Condenaron a célula cordobesa que reclutaba a personas como “mulas sonrientes” para llevar cocaína a Europa
El juez impuso casi el mismo monto condenatorio que el solicitado por la Fiscalía General del mismo distrito, a cargo de Carlos Gonella.
El Ministerio Público había pedido siete años y el pago de $ 4,5 millones de reparación para la víctima.
La sentencia viene a resolver una causa en la que Mamani Cussi había sido absuelta originalmente por otro tribunal, el Oral Federal N° 2 de Córdoba capital, por trata de personas, explotación laboral, tráfico de personas y facilitación de la permanencia ilegal de extranjeros.
Contra esa decisión, el Ministerio Público apeló y la Cámara Federal de Casación Penal anuló la resolución. Ordenó un nuevo juicio, que ahora se realizó en forma abreviada.
Inmersa en un contexto de vulnerabilidad extrema, la madre de la víctima –esta última, una tímida jovencita de poco más 17 años de la ciudad de Oruro– vio en una oferta laboral la oportunidad de mejorar la calidad de vida de la menor y de la familia en general.
Un hombre le propuso en Bolivia que la adolescente trabajara para su hijo, Maykol Rodrigo Challapa Huanca, y su pareja, Mamani Cussi, en la venta de ropa en Córdoba. La oferta emergía como “tentadora”, ya que la adolescente trabajaría a cambio de un salario de U$S 250 mensuales.
Si bien en Bolivia trabajaba como niñera y realizaba tareas del hogar, la promesa en Argentina era, en apariencia, superadora: trabajaría menos y progresaría más. Veía la oferta, como lo describió la propia víctima, como la única solución posible para ella y su familia. Al menos como un peldaño para su máxima aspiración: traer a sus familiares a la Argentina. A pesar de sus dudas, aceptó la oferta.
Como era menor y su padre había fallecido en una mina, su madre firmó la autorización para viajar desde Bolivia, acompañada por Challapa Huanca y Mamani Cussi. Los investigadores determinaron que como la víctima no tenía documento pero sí su hermana gemela, la madre autorizó la salida de Bolivia de la primera, pero con el DNI de la segunda.
Sucesos
Demora judicial. Tras 16 años, nunca se hizo el juicio en Córdoba por estafa al Pami y tuvieron que sobreseer a todos
Así es que la víctima pasó la frontera de forma irregular con la pareja, que rápidamente se radicó en la ciudad de San Francisco. Allí comenzó la odisea de la joven, que se prolongó durante casi cinco meses, entre septiembre de 2014 y febrero de 2015.
La pareja explotadora instaló el local de venta de ropa Rodri-Mar. La jornada laboral de la víctima arrancaba temprano: desde las 7 debía atender el comercio, pero al volver al departamento que ocupaba con sus “patrones” debía continuar trabajando a destajo.
La obligaban a limpiar, cocinar y cuidar la beba que la pareja tenía. Como es habitual en los casos de explotación, controlaban su vida: desde el manejo de su Facebook, sus movimientos (del departamento al local, y viceversa) y hasta las cartas que le enviaba su madre desde Bolivia.
La esclavitud se prolongó hasta el punto de trabajar de 7 a 4 de la mañana del día siguiente, sólo con tres horas de descanso. Mientras habitaban en el reducido departamento, la joven denunció que el hombre comenzó a violarla de forma reiterada, incluso a centímetros de donde se encontraban la esposa y la beba.
“Veía cuando ella iba al baño y él abusaba de mí”, dijo la joven. Challapa Huanca, según relató, la amenazó con lastimarla y hasta asesinarla para que no hablara. “Él abusaba de mí y yo decía: ¿por qué no hace nada la esposa?”.
Sucesos
Fraudes. Estafa piramidal: condenaron a los integrantes de la “academia del engaño” en Córdoba
La situación se volvió insostenible, al punto de querer quitarse la vida. Afectada en sus fibras íntimas, consideró incluso que el hombre le haría “un favor” si la mataba, por lo que debía soportar sin su familia cerca, extenuada, sometida a abusos sexuales, indocumentada, sin dinero y, muchas veces, sin comida. Indefensa y en extremo vulnerable.
Cuando alguien preguntaba por la joven, Challapa Huanca y Mamani Cussi respondían a todos que la menor era su “prima”, la mecánica elegida para eludir una eventual sospecha.
A pesar de su timidez, decidió contarle su padecimiento a una compañera de trabajo. Le reveló no sólo que era “esclava” laboral de la pareja, sino también que el hombre la abusaba. Sin demora, la compañera presentó una denuncia en la Policía y, por la noche, los efectivos la rescataron del departamento del horror.
Revisaron el inmueble y constataron que la menor era obligada a dormir con su presunto abusador. El hombre sigue prófugo, por lo que no formó parte del proceso judicial por el que ahora condenaron a su esposa. En paralelo, en la órbita provincial sigue siendo buscado por abuso sexual con acceso carnal en San Francisco.
En rigor, el Tribunal Federal N° 2 de Córdoba absolvió a la mujer, pero el Ministerio Público apeló. Casación anuló el fallo, en el que cuestionó que el tribunal, para absolverla, analizara de forma parcial la prueba, y ordenó un nuevo juicio.
La defensa de la acusada y los fiscales Gonella y Gustavo Yofre acordaron un proceso abreviado. Modificaron la calificación legal principal y original, de trata de personas, a la de trabajo forzoso.
En el nuevo fallo, ante el Tribunal N° 1 de Córdoba capital, el juez Falcucci convalidó el acuerdo alcanzado entre las partes.
La imputada, que había sido extraditada en enero a la Argentina procedente de Bolivia, reconoció los hechos y su participación delictiva, y finalmente recibió seis años y medio de prisión.
Falcucci resaltó los argumentos que brindó Casación al cuestionar el fallo del tribunal original, que había descartado indicios muy relevantes (la declaración de la víctima), el “verdadero tenor” de los informes de la Secretaría de Trata de la Provincia y los peritajes psicológicos a la menor.
“Ha quedado probado que (la víctima) llegó a nuestro país con la expectativa de trabajar dignamente. Estando en una condición socioeconómica y familiar altamente desfavorable en su país, recibió una ficticia oferta laboral por parte de Mamani Cussi y su esposo. Trabajaba largas horas y se hacía cargo totalmente del negocio (…) en horarios que excedían ampliamente una jornada de trabajo legal. Pero, a su vez, debía ocuparse de los quehaceres del hogar”, advirtió el juez.
“No le abonaban un sueldo ni cumplieron con las condiciones laborales prometidas. Si bien tenía en su poder dispositivos y manejaba redes sociales propias, lo cierto es que sentía que era controlada por la imputada y su marido. Refirió que le revisaban las conversaciones privadas, que no la dejaban salir y se sentía acorralada”, agregó Falcucci, en un contexto de “absoluta disposición al servicio de la familia explotadora”.
“La situación de vida en la que se encontraba facilitaron su dominio por parte de la imputada. Una niña alejada de su familia, que trabajaba excesivamente y que no contaba con dinero, fueron factores propicios para su sumisión. Además, la juventud e inexperiencia de la víctima, conjuntamente con su condición de extranjera indocumentada, la colocaron en una evidente situación de indefensión que impedían resistirse a la explotación laboral”, indicó.
El magistrado subrayó cómo la víctima se autopercibió durante la explotación: “Resultan reveladoras y muy figurativas sus palabras en oportunidad de declarar, pues manifestó que ‘pertenecía a ellos’ y que se sentía ‘su esclava’, circunstancias que fueron debidamente comprobadas, más allá de la aparente libertad de locomoción que presentaba, al no encontrarse encerrada ni encadenada físicamente”.
La explotadora, ahora condenada, deberá pagarle $ 4,5 millones en concepto de reparación.