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miércoles, julio 30, 2025

La Justicia de Santa Cruz habilitó a Cristina Kirchner a votar pese a su condena

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El Juzgado Federal de Río Gallegos declaró inconstitucional parte del Código Electoral y resolvió mantener a la expresidenta como electora activa. El fallo contradice el criterio de la Corte Suprema.

La Justicia Federal de Santa Cruz resolvió habilitar a Cristina Fernández de Kirchner a votar en las próximas elecciones, a pesar de estar condenada en una causa de corrupción y tener inhabilitación para ejercer cargos públicos.

La decisión fue tomada por el Juzgado Federal de Río Gallegos, a cargo de la jueza subrogante Mariel Borruto.

En el fallo, la magistrada declaró la inconstitucionalidad de los artículos 19 inciso 2 del Código Penal y del artículo 3 inciso “e” del Código Electoral Nacional, argumentando que violan el derecho al sufragio.

Por ello, se resolvió mantener a la expresidenta como electora activa, es decir, con capacidad legal para emitir su voto.

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La causa de fondo se vincula con la condena dictada por el Tribunal Oral Federal N°2 de la Ciudad de Buenos Aires, que sentenció a Fernández de Kirchner en 2022 a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por administración fraudulenta en la causa “Vialidad”.

El segundo punto del fallo deja claro que, aunque la exvicepresidenta está inhabilitada para ser candidata (fase pasiva del sufragio), sí mantiene su derecho a votar (fase activa), contradiciendo el criterio adoptado previamente por la Cámara Nacional Electoral y, en instancias superiores, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que sostiene la validez de las restricciones previstas en el artículo 3 del Código Electoral.

No obstante, por razones prácticas Cristina Kirchner no podría votar, ya que según la normativa vigente solo pueden hacerlo las personas privadas de libertad que estén alojadas en unidades penitenciarias habilitadas para el sufragio, y ese no es su caso.

El fallo abre un nuevo capítulo en el debate jurídico y político sobre los derechos electorales de los condenados y las facultades de interpretación constitucional de los juzgados federales del interior del país.

Redacción

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